La Sala Mixta del Tribunal Superior de Bogotá reconoció que, en la sociedad actual, ciertos animales se han integrado a las familias y, en aquellos casos en los que se generan vínculos mutuos, es posible reconocer determinados deberes y obligaciones que conllevarían a algunos mandatos en favor de las mascotas.
Se trata de un conflicto que se generó entre una expareja por la regulación de las visitas de la perra “Simona”. En un primer término, el Juzgado Tercero de familia de Bogotá rechazó la competencia y consideró que correspondía a los jueces civiles del circuito.
Sin embargo, el Juzgado 27 del Circuito de Bogotá no avocó su conocimiento, pues consideró que el asunto le corresponde a los jueces de familia, ya que los animales “son sujetos de derecho y su bienestar se puede ver afectado por la separación de la pareja, pues ahora hacen parte de la familia".
“Ciertos animales se han integrado a las familias y, en aquellos casos en los que se generan vínculos mutuos, es posible reconocer determinados deberes y obligaciones que conllevarían a algunos mandatos en favor de los animales”, añadió la sentencia.
De este modo, la causa llegó al Tribunal Superior en un conflicto negativo de competencia. Allí, los magistrados advirtieron que “no reconocer la protección de la familia multiespecie sería desconocer la mejor y actual interpretación de la Constitución Política. Especialmente cuando estas necesidades ya se han expresado por la ciudadanía al acudir a la jurisdicción ordinaria solicitando que se regulen las visitas a sus animales domésticos”.
“Ciertos animales se han integrado a las familias y, en aquellos casos en los que se generan vínculos mutuos, es posible reconocer determinados deberes y obligaciones que conllevarían a algunos mandatos en favor de los animales”, añadió la sentencia.