03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024
Brecha de privacidad

Un chat escoltado por aviones de guerra

Una broma de "explotar un avión" en un grupo privado de Snapchat acabó movilizando la seguridad de varios países y llevó a que un avión sea escoltado por los militares.

(Adnan Kavazovic| vecteezy.com)

Un relato digno de película se resolvió recientemente ante la justicia española, sobre un episodio originalmente de 2022 cuando un joven británico previo a abordar un vuelo de Londres a Menorca mandó un mensaje “de broma” en un grupo “privado” de la aplicación Snapchat donde manifestó “de camino a volar el avión (soy miembro de los talibán)”.

El mensaje que fue interceptado por la inteligencia británica generó que se activen los mecanismos de seguridad del Reino Unido que mientras el avión sobrevolaba el espacio aéreo francés dio aviso a las autoridades españolas que acabaron escoltando la aeronave con un avión militar (Eurofighter), para acompañarlo hasta Menorca.

 

El joven finalmente fue absuelto por la Audiencia Nacional, luego de que el Juez José Manuel Fernández Prieto explicara que el acusado envió el mensaje a un grupo privado en la aplicación que compartía con seis amigos con los que justamente había viajado y que se realizaba en un tono de broma que no era esperable que fuera interceptado por los servicios de inteligencia británicos o terceros ajenos al grupo.

 

Ya en tierra se corroboró que no existía ninguna amenaza real, dado que no habían explosivos ni otros objetos peligrosos, por lo que finalmente la Fiscalía de la Audiencia Nacional y la Abogacía del Estado solicitaban que el joven de 19 años de origen indio y con pasaporte británico recibiera una multa de 22.500 euros por el delito de desórdenes públicos y deba abonar una indemnización civil de 94.782 euros a favor del Ministerio de Defensa por el costo que implicó movilizar la aeronave militar.

El joven fue resueltamente absuelto por la Audiencia Nacional, luego de que el  juez José Manuel Fernández Prieto explicara que el acusado envió el mensaje a un grupo privado en la aplicación que compartía con seis amigos con los que justamente había viajado y que se realizaba en un tono de broma, que no era esperable que fuera interceptado por los servicios de inteligencia británicos o terceros ajenos al grupo.

En tal sentido, consideró que la actuación del sujeto no podía considerarse un delito, no se infería ni remotamente la intención de provocar la movilización del avión militar ni ningún otro como lo exigía el tipo penal, y dado que se remitió el mensaje en un ambiente estrictamente privado, el acusado no podía suponer que fuera interceptado, tal es así que el mismo magistrado señala que se desconoce como llegaron los servicios británicos a conocer la fotografía y el mensaje enviado, ya que no fue objeto de prueba en el proceso.

En conclusión, no solo no existían pruebas que justifiquen la acusación sino que inclusive si el mensaje adquirió difusión pública por un tercero del grupo privado, el delito lo cometería ese tercero y no el acusado.


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