El Club Atlético Belgrano deberá otorgarle de inmediato el pase libre a un niño, de 10 años, que juega en las divisiones inferiores. Así lo dispuso el Tribunal de Gestión Asociada 1 de Córdoba, que también ordenó que la documentación sea entregada una vez que los progenitores acrediten fehacientemente el cambio de residencia familiar, con qué personas convivirá el niño, a qué institución educativa asistirá y el nuevo club donde proseguirá con la práctica federada de fútbol. Cabe remarcar que sin este “pase” el futbolista amateur no puede jugar para otro club afiliado a la Asociación de Fútbol Argentino (AFA).
En el caso, la jueza María de los Angeles Morello hizo lugar a una acción de amparo presentada por los progenitores del niño. Estos últimos solicitaban que la institución deportiva conceda y entregue en forma incondicional el pase libre del jugador aficionado para que, así, pueda gozar de plena libertad de acción para continuar jugando al fútbol en otro club. Los padres del deportista motivaron este pedido en una inminente mudanza de la familia a otra ciudad y en que no existía entre las partes un contrato profesional que genere derecho y obligaciones.
Sin embargo, la entidad deportiva adujo que ninguna otra institución había pedido al jugador y que sus progenitores ni siquiera habían manifestado a qué ciudad se iban a mudar o cuándo lo harían, “impidiendo, de esta forma, que su parte pueda tomar una decisión que tenga como prioridad la protección y desarrollo del niño”.
En este escenario, la jueza señaló que, en la reglamentación de la AFA, existen “silencios” en relación con los pases y transferencias de personas menores de edad que practican fútbol de manera federativa. Señaló que faltan regulaciones concretas y precisas; no hay claridad en la literalidad de las normas; y existe una carencia de especificaciones respecto de diferentes cuestiones relacionadas con niños, niñas y adolescentes.
De este modo, la sentenciante exhortó a la AFA para que efectúe de manera célere y eficaz, con asesoría especializada en materia de niñez, modificaciones a su reglamento general en relación con la práctica futbolística de niños, niñas y adolescentes, esto es, que regule detalladamente las mecánicas que vinculen a personas menores de edad (fichaje, pases, pases libres, convenciones entre clubes, representación de progenitores, entre otros).
Consideró que tales omisiones regulatorias no pueden impedir que el niño se desarrolle deportivamente en otro ámbito. “Ningún niño, niña, o adolescente puede soportar sobre sus espaldas la situación de encontrarse cautivo a decisiones del plano adulto, institucional, público o privado”, enfatizó. Asimismo, recordó que ninguna regulación puede admitir de ningún modo la “mercantilización de la práctica deportiva en la niñez”.
De este modo, la sentenciante exhortó a la AFA para que efectúe de manera célere y eficaz, con asesoría especializada en materia de niñez, modificaciones a su reglamento general en relación con la práctica futbolística de niños, niñas y adolescentes, esto es, que regule detalladamente las mecánicas que vinculen a personas menores de edad (fichaje, pases, pases libres, convenciones entre clubes, representación de progenitores, entre otros).