La Cámara en lo Criminal y Correccional de 7° Nominación de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la condena a prisión perpetua a un hombre que mató a una joven por rechazar una propuesta sexual.
En los autos “Ludueña, Luis Alberto p.s.a. Homicidio calificado por femicidio”, el Tribunal integrado por los camaristas Laura Huberman, Patricia Soria y José Daniel Cesano, con jurados populares, lo consideró autor responsable de homicidio calificado por mediar violencia de género en perjuicio de la joven Valeria Oviedo, a quien conocía por ser amigo de la madre de la víctima.
Según se desprende de la causa, el condenado le ofreció a la víctima dinero para paliar la delicada situación económica que estaba atravesando y así logró que la mujer fuera a verlo al camión, detenido a pocas cuadras del domicilio de la madre de la víctima.
En la cabina del camión, el imputado le habría pedido favores sexuales a cambio del préstamo de dinero prometido. Como la damnificada lo rechazó, ahí mismo le propinó un golpe en la cabeza con una llave manija que usaba para cambiar los neumáticos del vehículo, lo que produjo las graves heridas que determinaron su muerte.
“En su lógica patriarcal, no hay lugar para un ‘no’; y no lo hay porque en aquella lógica –frente a la cual debemos alzar los muros culturales más firmes– no hay ningún lugar para la autonomía de la mujer; que aparece así rebajada en su dignidad personal”, explica la sentencia.
“El asesino concibe a su víctima prácticamente como a una cosa. El hombre aquí priva arbitrariamente de su vida a una mujer, en razón de parámetros culturales que colocan a la mujer como un individuo carente de derechos. ¿Cómo puede una mujer rechazar una propuesta sexual? ¿Quién es la mujer para decir que no?”, puntualizó el juez Cesano.
El cadáver de la joven, junto con algunas prendas de vestir y una llave metálica, fue descubierto a pocos metros de la casa materna de la víctima. En este escenario, el camarista Cesano -autor del voto- concluyó que estas circunstancias pusieron en evidencia las “pérfidas y torcidas” intenciones del acusado de recobrar el dinero “a través de favores sexuales". El condenado conocía perfectamente la situación de vulnerabilidad de la joven y conscientemente se aprovechaba de ella: “Allí radica, precisamente, este abuso de poder que se traduce en una relación asimétrica”.
“El asesino concibe a su víctima prácticamente como a una cosa. El hombre aquí priva arbitrariamente de su vida a una mujer, en razón de parámetros culturales que colocan a la mujer como un individuo carente de derechos. ¿Cómo puede una mujer rechazar una propuesta sexual? ¿Quién es la mujer para decir que no?”, puntualizó el juez Cesano.
Y añadió: “Éstas son algunas de las manifestaciones de ese torcido razonamiento, encarnado en las preguntas anteriores (que seguramente pasaron por la mente del encausado), que, traspasado por prejuicios y construidos en la larga duración, aún perviven en el utillaje mental de las sociedades que responden a lógicas patriarcales. Se trata de cuadros mentales muy resistentes a los cambios que, durante siglos, han determinado, generación tras generación, estas actitudes sociales profundas, que decididamente hay que erradicar".