20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Los pesos argentinos oro vuelan alto

Nuevamente un juez utilizó esa moneda para calcular una indemnización de daños y perjuicios por la cancelación de un viaje. Sostuvo que es una herramienta para resguardar el valor ante el proceso inflacionario.

(kjpargeter2018| vecteezy.com)

Una nueva sentencia judicial en materia de daños y perjuicios condenó a una empresa a pagar una suma consignada en “pesos argentinos oro”.

Se trata de los autos “B. M. A. c/ Almundo.com s/ Daños y Perj. Incump. Contractual (Exc. Estado)”, tramitados ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3 - Avellaneda – Lanús, a cargo del magistrado Pablo Andrés Krawiec Krawczuk, el mismo magistrado que desde hace tiempo ha empezado a utilizar esta moneda como herramienta contra la inflación.

Es que ya en junio del año pasado este medio publicó el primer fallo conocido en aplicar esta moneda, donde se desarrolló su validez y utilidad.

Tema que rápidamente tomó repercusión mediática por su originalidad en tiempos de profunda inflación y que sigue manteniendo vigencia, pese a que los tribunales de alzada parecen no estar tan de acuerdo en su aplicabilidad pues, como ocurrió en ese primer caso, donde el fallo fue revocado por la Cámara de Lomas de Zamora, o uno más reciente que sufrió el mismo final.

 

El magistrado condenó a una agencia de viajes a pagar 11,64 pesos argentinos oro (A$O) convertidos al peso normal al momento del pago conforme la cotización de ese momento, con más los intereses y costas

 

En este nuevo pronunciamiento, el magistrado condenó a una agencia de viajes a pagar 11,64 pesos argentinos oro (A$O) convertidos al peso normal al momento del pago conforme la cotización de ese momento, con más los intereses y costas.

Todo ello por la cancelación de un vuelo a Cuba en tiempos de pandemia, sin que se reembolso lo pagado a los usuarios que adquirieron los pasajes que finalmente no pudieron utilizar.

El magistrado admitió no solo la devolución del monto de los pasajes, sino también el daño punitivo por la falta de respuesta de la agencia y el daño no patrimonial, descartándose el daño físico.

 

Tan pronto como admitió los daños, analizó la cuantificación de estos y remarcó la desvalorización de la moneda nacional, haciendo una comparativa con lo que se podía adquirir con la misma cantidad de pesos cuando se inició la demanda y en la actualidad, existiendo una diferencia importante… Es aquí cuando cobra relevancia el peso argentino oro, regulado por ley 1130 que continúa vigente y mantiene su valor en el tiempo

 

Tan pronto como admitió los daños, analizó la cuantificación de estos y remarcó la desvalorización de la moneda nacional, haciendo una comparativa con lo que se podía adquirir con la misma cantidad de pesos cuando se inició la demanda y en la actualidad, existiendo una diferencia importante.

Por citar un ejemplo, con $1000 mientras que en 2021 podía adquirir 6,172 kg de pan en junio de 2024 ese número se reducía a tan solo 0,384 gramos.

Es aquí cuando cobra relevancia el peso argentino oro, regulado por ley 1130, que continúa vigente y mantiene su valor en el tiempo, siendo utilizado por ejemplo por el Código Aeronáutico o la Ley de Navegación para el cálculo de resarcimientos.

La resolución no está firme por lo cual resta ver si corre la misma suerte que los antecedentes que utilizaron esta moneda.

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Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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