25 de Septiembre de 2024
Edición 7057 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/09/2024
Reforma Judicial Federal

Canta y no llores

En tiempo record y a pocos días de que el actual presidente deje el poder, México aprobó la reforma judicial que hará que los jueces sean elegidos por el voto popular (incluyendo los actuales). Se incluyen cambios en la Corte, en los mandatos y en las remuneraciones.

En medio de disturbios y con una irrupción de manifestantes en plena sesión, el Senado de México finalmente aprobó esta madrugada la reforma del poder judicial federal, que ya había obtenido media sanción en Diputados el pasado 4 de septiembre.

La polémica reforma ha sido cuestionada por muchos sectores de la sociedad, atento a que entre otros puntos se prevé que los jueces sean elegidos por el voto popular, lo que públicamente se ha dado a entender como la “politización de la justicia” y una “amenaza a la división de poderes”. 

Haciendo el sistema vulnerable a que el crimen organizado pueda financiar candidaturas o que los jueces de partido dejen de ser independientes.

La iniciativa había sido resistida desde muchos sectores que marcharon y se manifestaron, incluyendo a los propios magistrados de todo el país, al punto tal que inclusive la propia SCJN brindó otra propuesta menos drástica.

 

Manifestantes en el Congreso exhiben bandera de México

 

Lo que incluiría a los jueces actuales que deberían presentarse en una elección extraordinaria en 2025 para competir.

Entre los puntos más destacados de la propuesta que le queda poco recorrido para concretar una reforma constitucional al poder judicial mexicano, se encuentran los siguientes:

 

Los jueces serán elegidos por el voto popular, por lo cual los tres poderes del Estado deberán presentar listas de candidatos sobre las cuales votará la gente, una elección extraordinaria en junio de 2025 (que incluye a los jueces federales en cargo) y otra en 2027.

 

Los jueces serán elegidos por el voto popular, por lo cual los tres poderes del Estado deberán presentar listas de candidatos sobre las cuales votará la gente, una elección extraordinaria en junio de 2025 (que incluye a los jueces federales en cargo) y otra en 2027.

Estableciéndose un sistema de propuesta de candidaturas paritarias, donde el poder ejecutivo propone 10, el poder legislativo 5 por cámara, el poder judicial otros 10 a través de la decisión de la Corte y otras 6 candidaturas se harán en elecciones ordinarias entre los magistrados de circuito y jueces de distrito en los 32 circuitos judiciales.

Otro punto importante es que se disminuye la cantidad de miembros de la Corte Suprema de 11 a 9, y la presidencia de la misma se renovará cada dos años de manera rotatoria según la cantidad de votos que tuvo cada uno, sus cargos durarán por un período de 12 años reduciéndose de 15, se eliminan las 2 salas que pasarán a sesionar en pleno y de forma pública.

Por otro lado, se suprime el requisito de edad mínima de 35 años y se reduce a la mitad la experiencia laboral necesaria. También se elimina la pensión vitalicia para los ministros tanto actuales como futuros, y sus remuneraciones deberán ajustarse al tope máximo dispuesto para el presidente del país.

 

Se disminuye la cantidad de miembros de la Corte Suprema de 11 a 9…sus cargos durarán por un período de 12 años… El Consejo de la Judicatura Federal sería reemplazado por un tribunal de disciplina judicial y un órgano de administración judicial

 

El Consejo de la Judicatura Federal sería reemplazado por un tribunal de disciplina judicial y un órgano de administración judicial, el primero integrado por 5 magistrados por un período de 6 años y el segundo serán 5 personas (1 designada pro el poder ejecutivo, 1 por el senado y 3 por la SCJN) también por un período de 6 años.

Este tribunal investigará las denuncias y aplicará sanciones, mientras que el órgano de administración judicial será responsable de las funciones administrativas de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del poder judicial.

Para proteger a los jueces de amenazas por parte del crimen organizado, se introduce la figura de "jueces sin rostro", cuya identidad se mantendrá en secreto en casos relacionados con el crimen organizado, una medida que también ha sido criticada por limitar la transparencia judicial.

Entre las reglas procesales que se incorporar, se prohibirán las suspensiones de leyes con efectos generales en amparos, acciones de inconstitucionalidad u otros procesos constitucionales, se dispone un plazo máximo de 6 meses para resolver asuntos fiscales y de 1 año para asuntos penales, que ante el incumplimiento dará intervención al Tribunal de Disciplina Judicial.

Tras la aprobación del Senado, el proceso legislativo requiere que sean ahora las legislaturas estatales las que lo aprueben, para que luego se promulgue y entre en vigencia, aunque en la práctica se habla de que ya estaría virtualmente aprobado dado que el oficialismo cuanta con mayorías en los estados.

De hecho, a pocas horas de su aprobación en el Senado ya hay tres estados que han dado su beneplácito en tiempo record, Oaxaca, Tamaulipas y Tabasco.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486