20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Sólo quedaron "yuyitos"

Un juzgado admitió un interdicto para recuperar la posesión en una disputa de 2011 y, tras apelarse el fallo, la Cámara se negó a tratar el recurso porque la cuestión había quedado abstracta: en el lugar ya no había señales de posesión de ninguna de las partes, y solo quedaban pastos altos.

(rysak| vecteezy.com)

Tres hermanos plantearon un interdicto de recobrar la posesión sobre unos terrenos heredados de su padre quien a su vez los obtuvo de una cesión onerosa en un sucesorio, pero que igual posteriormente debatieron en un proceso por usucapión.

La acción se interpuso contra un grupo de personas que en 2011 los despojaron clandestinamente de la posesión que según ellos tenían desde 1977 (y sus padres desde 1959), dando lugar al expediente “S. J. M. y otros c/ A. M. R. y otros s/ Interdicto”.

Según narraron, los demandados instalaron una carpa, hicieron depositar arena para simular una construcción y con ello pretendían engañar al oficial de justicia que debía constatar el lugar en virtud del proceso de usucapión, lo que se ordenó a finales de 2010.

En ese momento uno de los actores intentó ingresar y los demandados se lo impidieron, forzando el inicio de la acción, donde el juzgado de primera instancia admitió la demanda y brindó un plazo de 10 días a los accionados para devolver la posesión.

Por su parte, en su defensa los mismos alegaban que era su familia la que poseía desde 1959 y que cuando intentaron hacer su casa al hacerse los cimientos los actores habrían accionado.

No obstante, el magistrado advirtió que en el proceso de usucapión se acreditaban los actos posesorios de los actores, quienes además acompañaron una mensura de 2007, y acreditaron el pago de impuestos provinciales y tasas municipales.

 

Del último reconocimiento judicial de 2012 y de los testimonios del expediente penal en 2013 se probó que el lugar estaba vacío, con pastizales altos, sin indicios actuales de posesión de ninguna de las partes y era el municipio el que se encargaba de hacer cortar el pasto, por lo cual ya no había una disputa activa entre las partes por la posesión

 

Además, en la constatación de 2011, el oficial verificó que los terrenos estaban deshabitados y unificados con alambrado perimetral de varillas de madera y cuatro hilos de alambre, lo cual fue puesto por el ahora actor, sin que nadie se opusiera en ese momento.

Sumado a esto, los testigos indicaban que eran los actores los que pagaron por el alambrado y su instalación y que luego de culminada esa obra aparecieron los ahora demandados a instalar una carpa.

Tras la apelación de uno de los demandados, el caso escaló a la Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen, donde los jueces Carlos A. Lettieri y Andrés Antonio Soto consideraron que la cuestión había quedado abstracta.

Esto en tanto, del último reconocimiento judicial de 2012 y de los testimonios del expediente penal en 2013 se probó que el lugar estaba vacío, con pastizales altos, sin indicios actuales de posesión de ninguna de las partes y era el municipio el que se encargaba de hacer cortar el pasto, por lo cual ya no había una disputa activa entre las partes por la posesión.

Por lo tanto, expedirse sobre la apelación en 2024, había quedado inhabilitado, dado que “mal podría procurarse componer un conflicto a la postre inexistente”, dado que las circunstancias sobrevenidas al curso del juicio “importaron el desbaratamiento de la controversia inicial”.

En consecuencia, declararon abstracta la cuestión, no trataron el recurso de apelación e impusieron las costas por su orden.

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