La Unidad Fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal (UFIMAPP) presentó un nuevo informe sobre la concesión y cumplimiento de la suspensión de juicio a prueba en la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional, en el que se detalló que durante el período octubre de 2023 y septiembre de 2024 se resolvieron por esa vía un total de 2.652 causas.
Dicha cifra significó un incremento del 37,5% en relación al año anterior y el 71% de ellas involucraron delitos contra la propiedad.
Los delitos contra la propiedad constituyeron la amplia mayoría de las suspensiones de juicio a prueba, con el 71,08% de los legajos analizados. Le siguieron, aunque en menor medida, los delitos contra la administración pública (8,38%); los delitos contra la libertad (6,83%); los delitos contra la fe pública (5,56%); y los delitos contra la integridad sexual (3,86%).
Los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional (TOC) concentraron, como tribunal de origen, el 77% de los legajos (2.048 casos) frente a un 23% (604 casos) de los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional.
Al comparar los datos de este período con los del año anterior, se observó un incremento de un 37,5% en la cantidad de concesiones de suspensión de juicio a prueba realizadas. En promedio, se otorgaron 221 por mes.
Los delitos contra la propiedad constituyeron la amplia mayoría de las suspensiones de juicio a prueba, con el 71,08% de los legajos analizados. Le siguieron, aunque en menor medida, los delitos contra la administración pública (8,38%); los delitos contra la libertad (6,83%); los delitos contra la fe pública (5,56%); y los delitos contra la integridad sexual (3,86%).
Por otra parte, se analizaron las distintas características que tuvieron el beneficio al momento de ser otorgados, entre las que se destacaron el plazo de supervisión de 12 meses, la obligación de fijar residencia y el trabajo comunitario en la organización Cáritas.
En el 62% de los casos (1.648 legajos) el plazo fue por un año mientras que en el 15% se fijó un período de 18 meses de supervisión. Los 24 meses representaron un 13% de los expedientes analizados.
Las reglas de conducta impuestas más comunes fueron la obligación de fijar residencia, aplicada en un 99% de los casos, seguida por la realización de trabajo comunitario (83%). Esto reflejó, de acuerdo a la UFIMAPP, “una orientación bastante homogénea a la hora de pensar las soluciones alternativas a los conflictos”.
En tercer lugar, estuvo la prohibición de concurrir a determinados lugares o relacionarse con ciertas personas (14%) mientras que la capacitación en cuestiones de género se aplicó en el 7% de los casos.
Otras reglas de conducta como el tratamiento médico o psicológico (5%), la finalización de estudios (4%) y la abstención en el consumo de sustancias (2%) tuvieron menor presencia en el período analizado.
Las tres restantes categorías analizadas (realizar curso vial, realizar capacitación laboral y adoptar oficio, arte, industria o profesión) contaron con cantidades poco significativas en el universo de legajos y la suma de todas ellas representó tan sólo un 1,5%.
En cuanto al género de las personas a las que se le otorgó la suspensión de juicio a prueba, predominaron los hombres (un 77%), en su mayoría de entre 18 y 32 años, con residencia en la provincia de Buenos Aires, que no completaron el esquema de educación formal obligatoria y que presentaron una mayor vulnerabilidad en el mercado laboral.