El caso de Adolfo Badaro determinó que las jubilaciones deben ser móviles, por lo menos en la teoría. La Corte resolvió que aquellas deben ajustarse a los índices anuales de los salarios y también exhortó al Gobierno y al Congreso a dictar una ley de movilidad jubilatoria.
En la presentación (una demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional) la Defensoría considera que el fallo “Badaro” “tuvo carácter general y por destinatario al colectivo de jubilados y pensionados”.
“El perjuicio que se genera para quienes no reciben la movilidad previsional prevista en la norma constitucional es evidente pues, sus haberes son inferiores a lo que les corresponde percibir si se hiciera correcta aplicación de los derechos constitucionales y jurisprudenciales vigentes. Así se deterioran diariamente sus condiciones socioeconómicas, lo que les impide el derecho a una vida digna luego de muchos años trabajo y de aportes al sistema provisional”, señala la demanda presentada ante la Cámara Federal de la Seguridad Social.
La Defensoría solicita que el Poder Ejecutivo sea condenado a ajustar las jubilaciones móviles. Asimismo, resalta que existen los fondos para cubrir el aumento: “Cuadra destacar que la A.N.Se.S. cuenta con un fondo excedente de 18.700 millones de pesos, con el que se propone financiar obras de infraestructura”.
La presentación destaca que no hay una oposición a los aumentos de haberes que el Gobierno le otorgó a los jubilados, el último el 19 de febrero del 15 por ciento (decreto 279/08), pero sostiene que esos incrementos “no pueden ser considerados equivalentes a la movilidad que respecto de dichos haberes ha fijado la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Sin embargo, Mondino aclara que la demanda “no persigue un resarcimiento patrimonial sino el reconocimiento definitivo para el colectivo que represento del derecho a la movilidad jubilatoria”.
“La movilidad establecida en nuestra Constitución Nacional importa la necesidad de disponer una pauta objetiva para realizar ajustes en los haberes, acompañando a las prestaciones en el transcurso del tiempo para reforzarlas a medida que decaiga su valor con relación a los salarios en actividad. De lo contrario, pareciera que se especula en el tiempo, que por una cuestión biológica los cobros a que tienen derecho los jubilados y pensionados se vuelvan impracticables”, concluye la Defensoría.