Al calificar el caso de "homicidio culposo", como excarcelable Martín Díaz, quien habría afirmado que sintió miedo y "por eso huí", recuperó en ese momento su libertad.
La tragedia se registró la madrugada del 24 de octubre en las afueras de la ciudad de Paraná, cerca de la localidad de San Benito, adonde fueron embestidos Ricardo José Cáceres, Ariel Alsugaray y Ricardo Javier Llorens, de 23, 19, y 20 años.
Durante el juicio Díaz, manifestó que fue encandilado por otro rodado que marchaba en sentido contrario y sus acompanates le advirtieron que había motos en la ruta.
El Tribunal, en su fallo, determinó que "Díaz huyó del lugar, pero no sabía que abandonaba a personas vivas, quienes además por sus lesiones, no podían salvarse", agregó que la "huída no fue la causa de las muertes, sino el choque".
Luego de un informe psiquiátrico, los miembros del tribunal explicaron que "Díaz tomó una conducta no saludable de huída", pero "no hubo abandono penalmente reprochable".