"La pesquisa no se encuentra agotada y la decisión de haberresuelto la desvinculación de los nombrados en forma definitivafue palmariamente apresurada", estimaron los jueces quienes ademáscriticaron los "pobres fundamentos, el desorden estructural y lasinterpretaciones tergiversadas contrarias al sentido común" de la resolución de Speroni.
Los magistrados dedicaron gran parte de la resolución, de casi 60 carillas, a ordenar diversas medias de pruebas para que juez Speroni profundice la investigación de la denominada "ruta del dinero" y determine el destino de un supuesto faltante de 44 millones de dólares que surgede la diferencia entre los facturado por la venta de armas y lo cobrado.
Para los jueces, el dinero de la exportación provino de la exYugoslavia que lo transfirió a las cuentas de FabricacionesMilitares, pero resaltaron que "se desconoce el destino finalde otras partes de aquel dinero así como quienes habrían sido losdestinatarios y beneficiarios del mismo".
En este sentido ordenaron al juez Speroni una extensa lista de medidasde prueba relacionadas con pedidos de informes al exterior pararecabar datos de las empresas fantasmas Hayton Trade y Debrol-manejadas por el el traficante de armas Diego Palleros- y larealización de una pericia para "ratificar o descartar" laexistencia de exportaciones de armas no autorizadas.
Así los camaristas detectaron un dato novedoso, ya que lacantidad de contenedores en los cuales habría sido posible alojarla totalidad de la mercadería autorizada por los tres decretossería de 170 aunque en la causa surge que en realidad se habríanusado 250.
"Es posible concluir que la mercadería que habría estadoacondicionada en alrededor de 80 contenedores no había sidoautorizada por los decretos y de esta forma la venta de aquellosbienes no habría sido contabilizada oficialmente por el organismoestatal encargado de la exportación", deslizaron los jueces.
En esta causa se investiga el contrabando de armas por vía marítimacon destino declarado a Panamá en base a los decretos 1697/91 y2283/91 que luego fue desviado a Croacia; y el contrabando aéreocon destino declarado a Venezuela amparado en el derecho 103/95que fue desviado a Ecuador y Croacia.
En ese momento Argentina era garante de tratado de Paz entreEcuador y Perú, por lo que no podía venderle armas a alguno deesos países, al tiempo que pesaba contra el Estado un embargointernacional del Consejo de Seguridad de la ONU con relación aCroacia.
Para disponer el sobreseimento de Menem, Speroni se había basado en la resoluciónde la Corte Suprema de Justiciaque habilitó la liberación del ex presidente a fines de 2001 (traspermanecer seis meses preso) al considerar que no se había probadola existencia de una asociación ilícita.
Los camaristas no estuvieron de acuerdo con esa interpretacióny señalaron que la Corte no dijo que la asociación ilícita "era decomisión imposible" sino que no estaba probada en este caso. También criticaron a Speroni por haber hecho propias las manifestaciones de Menem "sin tener en cuenta las responsabilidades propias e indelegables del cargo de máximatrascendencia como el que ocupó". Además afirmaron que debió haber controlado que los decretos estaban bien confeccionados teniendo en cuenta quela venta de armas "a países extranjeros resulta una cuestión dealta y delicada política de Estado".
"No puede prosperar el argumento de la defensa de Menem encuanto a que no hay acreditada ninguna orden a Cavallo, Guido DiTella, Antonio Erman González, Oscar Camilion o Martín Balza parael dictado de los decretos ni para actos ilícitos, pues resultaríainusitado y cuasinfantil esperar como elemento de acreditación queuna orden de aquella naturaleza haya aparecido documentada demanera alguna", agregaron.
En cuanto al ex ministro Cavallo -quien refrendó los decretos cuestionados-los camaristas Marcos Grabivker, Roberto Hornos y Carlos Pizatelli manifestaron que "no se puede descartar" su supuesto desconocimiento en los hechos investigados y recordaron que existieron disposiciones administrativas en la Aduana (dependiente de Economía) de oviar la verificación del material contrabandeado previo a su despacho.
Por otra parte, en el mismo día y al vencimiento del plazo legal, el juez Julio Speroni dictó el procesamiento del ex coronel Diego Palleros como presunto autor de "contrabando agravado" y miembro de una "asociación ilícita" por la misma venta ilegal. La medida del magistrado, sin prisión preventiva debido a un fallo de la Cámara Nacional de Casación que le concedió el beneficio de la excención de prisión, incluyó un embargo de 5 millones de pesos sobre los bienes del ex prófugo.