20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

INECIP criticó con dureza el sistema de subrogancias

Para su directora Ejecutiva, el sistema “viola la Constitución Nacional” y consagra como una regla de hecho algo que debería ser considerado una excepción. Además reclama que se aceleren los pasos en el Ejecutivo y en el Consejo para designar a los jueces. Luego de los polémicos fallos de la Cámara del Crimen, la Corte resolvió mantener la validez de las designaciones hasta tanto se decida la cuestión con carácter definitivo.

 
En un documento denominado “Jueces provisorios: un desafió a las instituciones democráticas” la Directora Ejecutiva del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Silvina Ramírez, aseguró que el debate que actualmente se está llevando adelante alrededor de los jueces subrogantes soslaya tal vez uno de los principios básicos de las instituciones democráticas: el respeto de las reglas básicas del juego.

“Permitir que haya una segunda forma de designación de jueces –ya sea por demora en el proceso de selección previsto constitucionalmente, ya sea por la excesiva demanda y la necesidad de dar respuestas- viola lo dispuesto constitucionalmente y consagra como una regla de hecho algo que debería ser considerado una excepción, el nombramiento de jueces sustitutos cuando la situación lo convierte en genuinamente necesario”, advirtió Ramírez.

Para la directora de la ONG, se ha “tergiversado” lo previsto constitucionalmente en materia de selección de jueces, “debido precisamente a la inoperancia e ineficiencia de aquellos que por mandato constitucional –Consejo de la Magistratura y Poder Ejecutivo- deben garantizar un proceso de selección transparente y en un tiempo razonable, ya que ese proceso de selección garantiza una justicia genuinamente independiente”.

“Los jueces provisorios generan falta de confianza en las instituciones, vulneran la independencia judicial al admitir designaciones arbitrarias y socavan la cohesión interna del Poder judicial”, remarcó Ramírez, al tiempo que aseguró que los jueces provisorios “bastardean las instituciones democráticas ya que su designación no responde a ningún criterio claro y objetivo; en otras palabras se carecen de reglas para su nombramiento y pueden ser apartados de sus funciones en cualquier momento así como pueden permanecer por tiempo indeterminado ejerciendo la magistratura”.

A raíz de la polémica desatada por las resoluciones de la Cámara del Crimen que trataron la cuestión, la Corte Suprema suscribió la Acordada 7/2005 durante un sorpresivo acuerdo extraordinario. Allí se tomaron dos decisiones: mantener la validez de las actuaciones cumplidas por los jueces subrogantes, hasta tanto se decida la cuestión con carácter definitivo, e instar al Poder Ejecutivo y al Consejo de la Magistratura para que finalmente designen a los jueces que deben cubrir los cargos vacantes.

Para la Directora de INECIP , el Acuerdo extraordinario generó “perplejidad”. “Legitimar a los jueces subrogantes utilizando el argumento de la “salud de la República”, cuando precisamente es su salud la que está en juego a partir de un procedimiento de selección “ad hoc” no deja de ser contradictorio”, dijo al respecto. Y agregó: “agitar el fantasma de la inseguridad jurídica para preservar el status de estos secretarios devenidos en jueces y así salvar cualquier tipo de nulidad potencial es aceptar una cadena de irregularidades que provocan finalmente una mayor inseguridad que la que se pretender evitar”.

dju / dju
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