20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ordenan desalojar una cárcel en Córdoba

Se trata de la Unidad de Contención de Aprehendidos (Ex Cárcel de Encausados), que alojaba a los detenidos por contravenciones o delitos comunes. Un juez de Control de la Provincia hizo lugar a un hábeas corpus presentado por el defensor Eduardo Mondino, en el que se denunciaban las malas condiciones de alojamiento. El magistrado dispuso el traslado de los aprehendidos “a otros establecimientos adecuados”. FALLO COMPLETO

 
A través de un hábeas corpus presentado por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, la Justicia de Control de Córdoba ordenó desalojar en un plazo de 60 días, la Unidad de Contención de Aprehendidos (Ex Cárcel de Encausados). Allí se alojaban a los detenidos por contravenciones o delitos comunes, pero por las malas condiciones de alojamiento del lugar, consideradas “insostenibles”, se tomó esta decisión.

La orden fue dictada por el juez Gustavo Reinaldo, a cargo del Juzgado de Control Nº 2, quien señaló que “pese a las medidas dispuestas no es posible garantizar condiciones dignas y mínimamente aceptables de alojamiento”. Lo que entendió que se traduce en una “agravación ilegítima de la forma y condiciones en que se cumple la privación de la libertad”.

Mondino había presentado el hábeas corpus el 10 de octubre pasado en favor de la totalidad de las personas alojadas y detenidas en el “Departamento Alcaidía de la Policía de la Provincia de Córdoba (Unidad de Contención de Aprehendidos –U.C.A)”. Allí, denunció que los internos se encontraban en condiciones “degradantes e indignas, en lugares no aptos para su alojamiento debido al estado del edificio, a su falta total de equipamiento y en condiciones de riesgo para la salud”. En tanto que también señaló la existencia de superpoblación carcelaria.

A raíz de ello, y antes de la medida de fondo dictada esta semana, Reinaldo le solicitó al fiscal General de la Provincia que instruya a los fiscales de Instrucción para que trasladasen a establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario de Córdoba, a todos aquellos detenidos cuya recuperación de libertad no se previera de manera inmediata.

Además, se le requirió un informe al Ministerio de Seguridad de Córdoba, que a pesar de los cuestionamientos esgrimidos por Mondino en el Hábeas corpus, reflejó que durante el año se proveyó de agua caliente a los detenidos, que existe atención médica las 24 horas y que se están realizando obras edilicias para mejorar la infraestructura del lugar.

El magistrado no coincidió con el informe y sostuvo que “la situación de la Unidad de Contención de Aprehendidos, por su estado y las consecuentes implicancias que ello tiene en las condiciones de alojamiento de las personas allí alojadas es insostenible”.

Por ello dispuso que en un plazo menor a 60 días sean trasladadas a otros establecimientos adecuados para su alojamiento, la totalidad de las personas que se encuentren alojadas allí.

Por otra parte, resolvió que no se recepte ni aloje a persona alguna como infractor al Código Provincial de Faltas así como que a partir del martes 11 de marzo no se aloje en la ex Cárcel de Encausados “persona alguna que sea detenida por la comisión de delitos comunes”. También que los detenidos por esos hechos que lleven más de siete días de alojamiento en la UCA, y cuya libertad no corresponda ordenar, sean trasladados a la unidad penitenciaria de Bower.

Según surge de la causa, caratulada “Habeas Corpus presentado por Mondino, Eduardo Rene a favor de la totalidad de las personas alojadas y detenidas en dependencias de Alcaidía de la Provincia de Córdoba”, en la Unidad cuestionada se encontraban, al 3 de marzo, un total de 151 detenidos por delitos comunes (141 varones y 10 mujeres) y cerca de 50 contraventores.

Luego de darse a conocer la decisión judicial, desde FUNDESO (Fundación por los Detenidos Sociales) se mostraron “muy satisfechos”, aunque advirtieron que ahora es necesario que se adecuen las comisarías para garantizar las condiciones de detención, ya que los contraventores serán alojados en ellas cuando sean aprehendidos.

dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486