27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Ilegales go home

El Parlamento de la Unión Europea aprobó este miércoles la ley que expulsa a los inmigrantes ilegales y faculta a las autoridades administrativas para ordenar su detención. La norma deberá ratificarse por el Consejo de Ministros en julio y de ser así entrará en vigencia en los países miembros en un plazo de dos años. Entre otros puntos, las personas que sean repatriadas luego de vencido el plazo para el abandono voluntario, no podrán reingresar al país europeo por cinco años.

 
El Parlamento de la Unión Europea sancionó este miércoles la ley que permite expulsar del territorio a los ilegales que residan en los 27 países comunitarios u ordenar su detención sin la orden judicial para aquellos casos en que no hayan regresado su país de origen en forma voluntaria.

Se trató de una jornada que algunos eurodiputados calificaron como exitosa por lograrse aprobar la legislación común en materia de inmigración y para otros una “directiva de la vergüenza”.

La iniciativa presentada por el eurodiputado conservador alemán, Manfred Weber, y aprobada en Francia por 369 a favor, 197 en contra y 106 abstenciones, establece en el artículo 7 de la ley que los inmigrantes en situación irregular que hayan recibido una orden de "retorno", contarán con un plazo de entre siete y treinta días para regresar de forma "voluntaria" a su país.

Vencido el plazo y bajo la sospecha de que “haya argumentos fundados para creer que hay riesgo de fuga y no sea suficiente aplicar medidas menos coercitivas", cabe la posibilidad de ordenar la “internación temporal” hasta 18 meses.

Tal decisión puede ser tomada por un juez así como por una autoridad administrativa, pero siempre la persona puede solicitar que se inicie un procedimiento para que la “legalidad” de su detención “se someta a control judicial previo”. Aún no se ha previsto el límite de tiempo que cuenta el juez para pronunciarse sobre la detención del inmigrante ilegal, pero sí se rechazó la enmienda que propuso el opositor grupo socialista, referida a un plazo de 72 horas, tal como ya existe en la legislación de España.

En el caso de que se inicie un proceso judicial, la ley prevé que los países asistan legalmente en forma gratuita a los inmigrantes ilegales sin recursos, de acuerdo con las distintas legislaciones nacionales. También contempla la inclusión de una serie de garantías y recursos jurídicos que respalden a las personas expulsadas “con el objetivo de evitar las repatriaciones arbitrarias o colectivas”, afirma la norma en su artículo 12.4.

Los costos de estas medidas se financiarán a través del Fondo Europeo para el Retorno previsto para el período 2008-2013, compuesto por un suma de 676 millones de euros. A partir de la aprobación de la norma por el Consejo de Ministros que se reunirá en julio y su posterior ratificación, este fondo entrará en funcionamiento, mientras que la ley tiene un plazo de dos años para entrar en vigencia en los países parte.

Las personas expulsadas no podrán volver a ingresar al país en que residían durante un máximo de 5 años, mientras que aquellos que respecto a quienes optaron por el abandono voluntario o que hayan sido deportados, los Estados miembros deberán incluir la prohibición de re-entrada.

Otro de los puntos de la ley es que los menores que no estén acompañados también serán repatriados, con el requisito de que una familia o algún centro los reciba en su país de origen. Por otro lado, en el caso de las familias con hijos menores de edad "sólo serán internados como último recurso y ello por el menor tiempo posible", explica el artículo 15 bis.

Cuando se identifique una masa "excepcionalmente importante” de personas irregularizadas que deben ser repatriadas, se rebajarán las condiciones de internamiento y el país podrá asignar períodos más largos para el control judicial.

En cuanto a la situación del inmigrante ilegal en su propia nación, el Estado deberá tomar en cuenta si éste ve amenazada su vida o libertad en su país de origen. En el marco de este tema, el Parlamento Europeo analizará en conjunto con el Consejo de Ministros, qué países se pueden considerar como “seguros” para repatriar a la persona irregularizada, tomando en cuenta el dictamen del Tribunal de Justicia.

Existen estados que ya cuentan en sus legislaciones contemplaciones sobre el tiempo de detención de los inmigrantes ilegales. Tal es el caso de Francia que establece un período de detención limitado a 30 días, mientras que Malta lo extiende hasta los 18 meses. En el otro extremo tanto Dinamarca, Estonia, Finlandia, Lituania, Países Bajos, Reino Unido y Suecia no determinaron aún un tiempo máximo para la detención.

El paso siguiente a la aprobación de la “Directiva Retorno” en el marco de una endurecida política de migración será el “pacto europeo”, que se creará en el segundo semestre del 2008 bajo al futura presidencia francesa de la UE.Entre sus ejes, contará con un “contrato de integración” que incluirá el aprendizaje obligatorio de la lengua nacional del país europeo, el fin de las regularizaciones masivas y una política común de asilo.

Por su parte, a través del comunicado, la Cancillería argentina expresó que nuestro Gobierno reiteró, una vez más, que "migrar no es un delito, por lo tanto se rechaza el uso de conceptos tales como migración legal e ilegal".

"Establecer restricciones, incluidos largos períodos de detención administrativa, e impedir la libre circulación de personas por motivos de origen étnico, religión, ideología, género, edad o calificación constituye una violación de los derechos humanos fundamentales", expresa el comunicado.

Para la Argentina "el respeto de los derechos humanos de los migrantes debe ser independiente de su condición migratoria".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486