Este tipo de delito se había derogado mediante la ley 24.410 en 1994 y actualmente se lo juzga como homicidio agravado por el vínculo con una pena de prisión perpetua o de 8 a 25 años si en el caso se encontraran atenuantes.
El dictamen aprobó la iniciativa tal como fue presentada por la diputada Diana Conti junto con la presidenta de la mencionada comisión, Nora César y tuvo el visto bueno también desde los partidos de la oposición.
Si bien el dictamen se derivó a la Comisión de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia, el vicepresidente de la Comisión Penal, Oscar Massei, sostiene que “es un proyecto que tiene amplio consenso entre todos los diputados y hay posibilidades de que se apruebe en el recinto”.
Lo que se retomó fue el contenido del antiguo texto para incluirlo como inciso segundo del artículo 81, pero se descartó el justificativo que figuraba de “evitar la deshonra” porque esto implicaba, según Massei, “una mala calificación de la ley y punto de vista subjetivo”.
“El caso Tejerina puso sobre el tapete el error que se cometió en 1994 cuando se eliminó la figura del infanticidio, que tiene en cuenta un situación especial que está ligada al estado puerpal”, sostuvo el diputado.
Massei citó la explicación de Mariano Castex, quien estuvo como invitado al debate: “Hay un período perimaternal hasta el estado en el cual se afectan parcialmente las capacidades psíquicas de la mujer, es decir, una situación muy particular psicológica que sufre la mujer, la cual le genera el impulso para cometer el homicidio”.
Además aclaró que el infanticidio es una figura atenuada y que “se necesitan jueces con alta sensibilidad social para estos casos”. Desde el estudio realizado en el marco del debate de esta propuesta, saltó a la luz las coincidencias en las que ocurren este tipo de hechos: “situaciones sociales muy determinadas, de hogares con muchos problemas, la pobreza y la exclusión social”, caracterizó el vicepresidente de la Comisión de Legislación Penal.
El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Raúl Zaffaroni, que votó por revocar el fallo que condenó a Romina Tejerina a 14 años de prisión por matar a su beba, también presenció el análisis del proyecto y sus declaraciones fueron parte los fundamentos de la iniciativa.
En coincidencia con la visión de Massei, el magistrado en su momento había expresado que las autoras de un infanticidio “son mujeres de muy escasa instrucción con unos antecedentes culturales de bastante aislamiento, algunos casos de debilidad mental superficial, otros casos de condicionamiento cultural de aislamiento, muy escasa capacidad de comunicación y de expresarse y que tienen partos en soledad, en baños y que los productos van a dar a pozos ciegos”.
El texto del proyecto resalta que “son casos más necesitados de una urgente asistencia social, psicológica y a veces hasta psiquiátrica que de punición y que una pena de reclusión o de prisión perpetua parece algo verdaderamente terrible”.