“La legislación está en un proceso de incorporación de nuevas tecnologías”, sostuvo Ricardo Porto, secretario de la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado de la Nación al inaugurar este lunes las jornadas “Delitos Informáticos. Ley 26.388. Problemática en la web y cuestiones conexas” que organiza el Instituto Federal de Estudios Parlamentarios del Senado.
Junto con Porto expusieron sobre la ley 26.388 que reformó el Código Penal el fiscal general de la Cámara del Crimen y uno de los autores del anteproyecto de la iniciativa, Ricardo Sáenz, y el abogado y profesor de derecho de la alta tecnología de la Universidad Católica Argentina Darío Veltani.
Porto sostuvo que leyes sobre firma digital, software, ect. se fueron incorporando a la legislación junto a decretos y resoluciones de diversos órganos de gobierno que sirvieron para regular aspectos particulares de cada área en la incorporación de nuevas tecnologías. “La banda ancha, internet cortan transversalmente el derecho”, agregó Porto.
La ley 26.388 avanzó en cuestiones puntuales en materia de delitos informáticos. Por ejemplo, se tipificó la violación de mails, también el acceso a cualquier sistema informático o banca de datos, entre otros cambios.
“Antes de esta ley no se sabía qué era un delito informático”, recordó Veltani. El abogado hizo una comparación entre fallos judiciales que tuvieron distinta resolución sobre un mismo tema. Así cito un fallo de la Cámara del Crimen que había calificado como estafa el robo de dinero de cajeros electrónicos por medio del robo de datos, y otro de la Cámara Federal porteña que sostuvo que se trata de un hurto.
La exposición fue más allá pero dejar en claro la confusión que generaba el tema. Veltani sostuvo que hubo casos donde frente al mismo delito informático la Justicia utilizó herramientas del Código Penal y otros en los que sostenía nuevas posturas. Se trató del hackeo de paginas webs.
En un caso, una persona ingresó un virus a la red de un banco y en su fallo del 2001 la Cámara del Crimen le confirmó el procesamiento por el delito de daños contemplado en el artículo 183 del Código Penal. Pero en un año después, un juez de primera instancia sostuvo que no hubo daño de parte de una persona que ingresó a la pagina web de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y puso una foto del fotógrafo asesinado José Luis Cabeza al sostener que a pesar de esa imagen la pagina se podía navegar perfectamente.
“Se viene una época en la que hay que interpretar la ley”, concluyó Veltani.
Por su parte, Sáenz hizo un repaso de las modificaciones más importantes de la ley pero fue más allá y sostuvo que ahora se requiere la modificación del Código Procesal Penal para, entre otras cosas, establecer cómo admitir la prueba digital y que se puede hacer valer en un juicio.
Entre los nuevos delitos informáticos, el fiscal general destacó el acceso a un sistema informático. “Es el antecedente de la comisión de un delito mucho más grande”, explicó Sáenz y citó como ejemplo el instalar un virus o realizar alguna estafa económica.
Sáenz resaltó que esta clase de delitos se pueden cometer desde cualquier parte del mundo y que la capacitación de los operadores del sistema judicial “es una de las claves del éxito”.