17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Tus hijos, tu responsabilidad

La Cámara Civil de Neuquén rechazó el pedido de un padre para disminuir el porcentaje de dinero que mensualmente hace llegar a sus hijos en concepto de cuota alimentaria. En el fallo, si bien evaluaron que pueda resultar excesivo el porcentaje del 35 que aporta el hombre de su sueldo, resulta inaceptable que su ex esposa y quien tiene a cargo los dos hijos sea quien lo haga en un 100 por ciento. FALLO COMPLETO.

 
En autos "G. J. L. C/ P. C. M. I. S/ INC. REDUCCIÓN”, los jueces de la Sala I del Tribunal confirmaron la resolución de primera instancia, que había rechazado el pedido de un padre de reducir el porcentaje que aporta de su sueldo a sus hijos por cuota alimentaria.

Al apelar la medida de primera instancia, el hombre adujo que su situación económica cambio puesto que tiene dos hijos con su actual pareja. Además, explicó que al estar fijado que debe aportar el 35 por ciento de sus haberes, previamente aportaba una suma equivalente de 700 pesos, pero tras conseguir un mejor salario, esa cifra representa una cuota alimentaria de 6.154,15 pesos, tomando como ejemplo el mes de febrero de 2008.

Por ello, el hombre consideró “muy elevado” el monto de dinero que aporta para cubrir las necesidades de sus dos hijos, y pidió una disminución de la cuota alimentaria, aunque no especificó el porcentaje que peticiona.

“Siendo que el motivo de la disminución de la cuota alimentaria lo constituye precisamente el mejoramiento en la capacidad económica del alimentante, fruto del ascenso logrado, queda así centrada la cuestión en probar que las sumas que las dos hijas menores perciben mensualmente, es excesiva para sus gastos”, evaluaron los camaristas Lorenzo García y Luis Silva Zambrano.

Además, al refutar el argumento del demandante, los jueces aclararon que “resulta innecesario probar el incremento en los gastos que conlleva el solo crecimiento de los hijos. En el caso, ambas niñas tienen 10 y 14 años, ingresando la mayor de ellas a la adolescencia y a la escuela secundaria, con los mayores gastos que eso implica”.

Según los jueces “es indiscutible que el mejoramiento en el nivel de vida del padre debe necesariamente verse reflejado en la vida de sus hijos, en este caso, en la de los cuatro”, y en ese sentido advirtieron que “los más pequeños conviven con él y su vida cotidiana se desarrolla en mejores condiciones” por ello “no es justo privar a las mayores de ese mejoramiento en el nivel de vida”.

“Aparece entonces desmedido pretender que la progenitora de las niñas, que ahora trabaja en el Poder Judicial -antes lo hacía en Salud Pública, con un sueldo menor, cuando se fijó la cuota alimentaria- aporte la misma cantidad de dinero -no el mismo porcentaje- que él, pues pretende el quejoso con su razonamiento que, mientras él aporta el 35% de su sueldo, ella lo haga en un 100%”, consideraron.

“Máxime aun cuando de la prueba testimonial rendida surge claramente que quien debe hacerse cargo en el cuidado integral de las niñas es la madre y el padre les prodiga poca atención. Por lo que entendemos que las niñas deben llevar un nivel de vida similar al que tendrían si convivieran con su padre”, añadieron.



dju / dju
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