20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Media sanción para el infanticidio

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que reincorpora la figura del infanticidio al Código Penal. Durante la sesión, diputados de distintas bancas se trenzaron por la figura en cuestión. La media sanción plantea una atenuación de pena para la madre que bajo influencia del estado puerperal mate a su hijo. Para la diputada Patricia Bullrich, el proyecto aprobado es un “permiso para matar".

 

La Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto que plantea la reincorporación al Código Penal de la figura del infanticidio, derogado en 1994 con la ley 24.410. Ahora la ultima palabra la tendrá el Senado. Los detalles de un debate que por momentos sufrió la argumentación desde los extremos, y que culminó con 170 votos positivos, 29 negativos y 9 abstenciones.

Diana Conti (FpV), principal impulsora del proyecto abrió el debate. Explicó durante la sesión que el infanticidio es “el homicidio cometido por la madre mientras dura su estado puerperal” lo que “desde mi punto de vista, mi formación dogmática penal, el puerperio no puede extenderse más de cuarenta días; tiene que haber causado una psicosis puerperal o un estado de confusión tal en quien mata”. Por tal motivo “es pasible de atenuación como si se tratara de una emoción violenta”.

“Al haberse eliminado la figura del infanticidio que hoy queremos reponer, quien en esas circunstancias mata a un ser vivo sin tener plena conciencia de ello sufre prisión perpetua”, agregó. Esto último está expresamente explicado en los fundamentos del proyecto sancionado: “Todos los supuestos en que la madre da muerte a su hijo (filicidio) constituyan un homicidio agravado por el vínculo, al cual le corresponde una pena privativa de la libertad perpetua (…), a menos que se considere que están presentes las circunstancias extraordinaria de atenuación determinando que la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de privación de la libertad”.

En tal sentido, las modificaciones aprobadas incorporan al inciso 2 del artículo 81 del Código Penal el texto que sostiene que “se impondrá prisión de seis meses a tres años a la madre que matare a su hijo durante o luego del nacimiento mientras se encontrare bajo la influencia del estado puerperal”.

En clara contraposición a este sentido, Patricia Bullrich (CC) –que coincide con las visiones de las diputadas Natalia Gambaro (Peronismo Federal) y Gladys González (PRO) - dijo que “tal como está redactado ese artículo plantea un auténtico permiso para matar. Adviertan que al expresar ‘o bajo la influencia del estado puerperal’ permite pensar, sin demasiado esfuerzo interpretativo, que matar bajo la influencia del estado puerperal es una segunda hipótesis de homicidio del recién nacido”, lo que calificaron como “grave”.

“El caso de Romina Tejerina, caso paradigmático, demostró la inconveniencia de la supresión” explica Ricargo Gil Lavedra (UCR) y agrega: “Inconveniencia porque dejaba al juez frente a un caso de una madre que bajo la perturbación que ocasiona un parto mate a su hijo el juez tenía como alternativa o mandarla a prisión de por vida o se tenía que acreditar que había actuado con una grave perturbación de conciencia que le llegara a un grado de inimputabilidad. No había ninguna posibilidad intermedia”, dice.

Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro) fue más allá, luego de ponderar el proyecto que obtuvo la media sanció dijo: “Creemos que estos debates nunca terminan de estar saldados si en nuestro país no hacemos una discusión profunda sobre la despenalización del aborto. Nosotros creemos que los dos temas van de la mano”, culminó.

En la misma línea se expresó Cecilia Merchán (Libres del Sur), “fundamentalmente queremos ver en estas mujeres [Romina Tejerina], más que una persona que cometió un delito, a una mujer que en general ha sido víctima de un embarazo no deseado, generalmente fruto de una violación. Además, es víctima de la imposibilidad de acceder a un aborto legal o a una interrupción voluntaria del embarazo en condiciones dignas”.

A su turno, Cyntia Hotton, conocida defensora antiaborto dijo: “¿Saben algo? A mí también me interesa la vida de las madres. Es mentira que quienes defendemos la vida de los bebés y de los niños por nacer no estamos interesados en la vida de las madres. Seguramente a mí me interesa más que a muchas que la están defendiendo, porque también he presentado proyectos para contener a aquellas mujeres que tienen embarazos no deseados”, sin embargo votó a favor del proyecto, ya que consideró que “realmente que la punición vigente es excesiva y desmedida” por lo que “se hace necesario reincorporar esta figura”.

“Creo que va a traer a los jueces de la República un marco regulatorio necesario a efectos de que las sentencias que tengan que ver con estos casos sean más justas”, culminó, momentos previos a la votación que aprobó el proyecto, Maria Pilatti Vergara (FpV).

Compartir



gustavo ahumada
Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486