20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Datos mata reclamo

Gracias a un recurso de hábeas data, la justicia de Río Negro logró que Rentas deje de reclamarle una deuda a un contribuyente. La empresa apareciendo como deudora del Impuesto Automotor por una camioneta que había vendido en 2013.

La titular del Juzgado Civil N° 9 de Gral. Roca hizo lugar a la acción de hábeas data que interpuso un empresario de esa ciudad y ordenó a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro que modifique los registros incorrectos en los que su compañía figuraba como deudora de impuestos.

El responsable de la empresa interpuso la acción por seguir figurando como deudores del Impuesto Automotor por una camioneta que habían vendido en 2013. Aquella operación fue informada mediante Denuncia de Venta en el Registro de la Propiedad del Automotor N°1 de Roca, pero Rentas no actualizó su base de datos y mantuvo a la firma como titular contribuyente por el vehículo.

 

La parte denunciante declaró que presentó la denuncia luego de numerosos reclamos verbales y un pedido administrativo formal que esperó durante meses.

 

La jueza solicitó un informe al ente recaudador, del cual surge que la empresa está al día con Ingresos Brutos y con todos los impuestos relativos a los demás vehículos que utiliza. 

La magistrada explicó que al figurar la compañía como deudora, se le impide acceder a múltiples beneficios que poseen los contribuyentes cumplidores, privándola de las bonificaciones en los impuestos del automotor, inmobiliario e ingresos brutos y quitándole la posibilidad de ser proveedora del Estado.

Al respecto, agregó que el artículo 20 de la Constitución Provincial garantiza la intimidad de las personas y ordena que “el uso de la información de toda índole o categoría, almacenada, procesada o distribuida a través de cualquier medio físico o electrónico, debe respetar el honor, la privacidad y el goce completo de los derechos”. 

Río Negro tiene, además, una ley especial (Ley N° 3.246) que rige desde 1998 y brinda la herramienta del hábeas data a toda persona física o jurídica a la que “se le niegue el derecho a conocer gratuita e inmediatamente” los datos sobre ella y sobre sus bienes que consten en registros públicos o privados, y el derecho a “exigir su supresión, rectificación, confidencialidad o actualización” en caso de existir datos falsos o discriminatorios.

La parte denunciante declaró que presentó la denuncia luego de numerosos reclamos verbales y un pedido administrativo formal que esperó durante meses.

 


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