20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El cliente estuvo 9 meses sin servicio

Incomunicado en casa

La empresa Telecom deberá resarcir a un cliente por la larga demora en la instalación de la línea telefónica y el servicio de Internet en su nuevo domicilio. La suma asciende los 450 mil pesos.

En los autos “B. G. G. c/ Telecom Argentina S.A. y/o Quien Resulte Responsable S/Juicio Sumarísimo,” la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia confirmó una demanda contra Telecom Argentina SA por los daños que sufrió un cliente por la demora en la instalación de la línea telefónica y el servicio de Internet en su nuevo domicilio.

La sentencia de primera instancia hizo lugar al reclamo por los daños y perjuicios sufridos a causa de la no concreción en tiempo oportuno del cambio de la línea telefónica y de Internet en el nuevo domicilio del actor, sumado al trato indigno. Se fijó la suma total de 450 mil pesos.

Los jueces de Alzada Diego Derewicki y Fernando Heñin consideraron “debidamente acreditado el incumplimiento de la demandada y las molestias que ello generó en el accionante, quien debió acudir a un organismo de contralor para obtener el reconocimiento y resarcimiento de sus derechos vulnerados, puesto que la empresa demandada no le brindaba soluciones aptas ni explicaciones o información transparente y útil”.

En la causa constan las reiteradas peticiones realizadas a la demandada tendientes a la reconexión de la línea telefónica comercial y del servicio de Internet en el nuevo domicilio, como así también por las facturaciones efectuada en el período.

 

El fallo concluyó que el actor sufrió “innumerables molestias, afectación a sus sentimientos por falta de trato digno y los padecimientos que implica no contar con el servicio de telefonía e Internet que afectan profundamente la tranquilidad, actividad diaria y rendimiento de cualquier persona”.

 

De este modo, los camaristas advirtieron los numerosos reclamos administrativos que tuvo que llevar adelante el actor “debido al incumplimiento en la prestación adecuada del servicio por parte de la accionada, con todas las implicancias y molestias que ello conlleva”.

El fallo concluyó que el actor sufrió “innumerables molestias, afectación a sus sentimientos por falta de trato digno y los padecimientos que implica no contar con el servicio de telefonía e Internet que afectan profundamente la tranquilidad, actividad diaria y rendimiento de cualquier persona”.



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