La Corte Suprema desestimó el planteo de uno de los condenados en 2018 por los ataques neonazis cometidos en Mar del Plata. Había pedido prisión domiciliaria para mantener contacto con sus hijos.
En los autos “O,A.E. s/ incidente de recurso extraordinario”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó, por unanimidad, el recurso presentado por uno de los condenados en 2018 por los ataques neonazis cometidos en la ciudad de Mar del Plata entre 2013 y 2016.
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)", argumentó el Máximo Tribunal a la hora de desestimar el planteo.
El condenado cumple una pena de 9 años de prisión por “organizar y formar parte de una agrupación destinada a imponer sus ideas y combatir las ajenas por medio de la fuerza o el temor, y realizar propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza, religión o grupo étnico”.
“La violencia no tenía como fin únicamente infligir un daño a una persona particular, sino que el hecho trascienda hacia otros que pudieran pertenecer al mismo espacio, o colectivo de personas”, sostuvo el Ministerio Público Fiscal durante el juicio que estuvo a cargo del Tribunal Oral Federal N°1 de Mar del Plata.
Los jóvenes, de entre 19 y 30 años, llegaron a juicio por integrar presuntamente una banda neonazi que protagonizó en Mar del Plata una serie de ataques y amenazas contra personas de la comunidad trans, defensores de la igualdad de género y militantes políticos y sociales.
“La violencia no tenía como fin únicamente infligir un daño a una persona particular, sino que el hecho trascienda hacia otros que pudieran pertenecer al mismo espacio, o colectivo de personas”, sostuvo el Ministerio Público Fiscal durante el juicio que estuvo a cargo del Tribunal Oral Federal N°1 de Mar del Plata.
En 2021, la Cámara Federal de Casación Penal desestimó un pedido de prisión domiciliaria impulsado por la defensa, que argumentaba la necesidad de mantener contacto con sus dos hijas menores de edad. Un año antes, la misma Cámara le había negado el pedido de prisión domiciliaria por no poder acreditar una condición de riesgo relacionada al covid-19.
El fallo fue firmado por los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.