20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Alimentos

El índice de crianza se impone

Una nueva sentencia utilizó como valor de referencia y para actualizar una cuota alimentaria el Índice de crianza que publica el INDEC, el cual marca una tendencia de uso en los casos de alimentos del último tiempo ante la situación económica delicada

La jueza María Florencia Marchesi Matteazzi, a cargo del Juzgado de Familia N° 1 de Trenque Lauquen resolvió fijar una cuota alimentaria de $166.877 actualizable conforme el Índice de Crianza del INDEC para la hija de menos de 2 años y una cuota alimentaria equivalente al 80% de un SMVM para las otras hijas, ambas mellizas de 16 años, más costas.

Fue en el caso “A.C.L.G. y Otros c/ A.S.M. s/ Alimentos”, donde pese a concurrir el demandado a la audiencia conciliatoria previa sin patrocinio, no lograron arribar a ningún acuerdo y luego de entablada la demanda, el progenitor tampoco contestó la misma, pero si practicó la prueba confesional donde reconoció que era el sostén del hogar ya que la mujer se encargaba de cuidar a las niñas y que su trabajo era como albañil inscripto en el monotributo como categoría C y sin bienes a su nombre.

 

Se tomó como herramienta el Índice de Crianza que publica el INDEC como valor de referencia para saber cuanto destinan las familias a alimentar, vestir y garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes en un franja etárea de 0 a 12 años inclusive, lo que se aplicaría a la menor hasta que cumpla los 13 años.

 

De esta manera con las pruebas arribadas al expediente, la magistrada entendió que correspondía fijar una cuota alimentaria según el art. 635 CPCC porque el cuidado personal de las hijas estaba a cargo de la progenitora y las tareas del hogar y cuidado también debían ser reconocidas.

 

Respecto a las otras hijas que ya tenían más de esa edad (17 al momento de la sentencia) al no ser abarcadas por el índice, se tomó como parámetro el rubro “costos y servicios” que indicaba ese índice para saber que para una franja de edad de entre 13 y 18 años correspondería un monto de dinero que hoy equivalía a un 60% del SMVM, a lo que adicionó un 20% por tratarse de dos adolescentes.

 

Así, al no probarse los ingresos mensuales del sujeto, se tomó como herramienta el Índice de Crianza que publica el INDEC como valor de referencia para saber cuanto destinan las familias a alimentar, vestir y garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes en un franja etárea de 0 a 12 años inclusive, lo que se aplicaría a la menor hasta que cumpla los 13 años. 

Por otro lado, respecto a las otras hijas que ya tenían más de esa edad (17 al momento de la sentencia) al no ser abarcadas por el índice, se tomó como parámetro el rubro “costos y servicios” que indicaba ese índice para saber que para una franja de edad de entre 13 y 18 años correspondería un monto de dinero que hoy equivalía a un 60% del SMVM, a lo que adicionó un 20% por tratarse de dos adolescentes.

Y para el caso de la menor no solo contó el valor de “costos y servicios” sino también el rubro “costos de cuidado” que componía el índice de crianza y con ello obtuvo una suma de $166.877 actualizaba según ese mismo índice, todo ello pagadero “por mes adelantado” y bajo depósito a la cuenta judicial, por el actual desenvolvimiento de la economía del último año.

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