20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ley Antilavado sin el aval de los abogados

El CPACF envió a los presidentes de bloques del Senado una nota donde manifestó su oposición a la reforma de la ley de lavado de activos. Entre otras cuestiones, la entidad consideró que "las obligaciones de informar viola el secreto profesional y no es necesaria según los estándares internacionales".

A través de una nota dirigida a los presidentes de bloques del Senado de la Nación, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) manifestó su oposición a la reforma de la ley de lavado de activos.

En la comunicación se recalcó que la inclusión de los abogados y abogadas en las obligaciones de informar viola el secreto profesional y no es necesaria según los estándares internacionales.

En la comunicación, firmada por su presidente Ricardo Gil Lavedra, se informó que la Comisión de Integridad Financiera y Compliance del CPACF emitió un dictamen en el que se sostiene que la inclusión de los letrados y letradas en las obligaciones de informar sobre actividades relacionadas con el lavado de activos contradice los estándares internacionales establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

 

“Tal es el caso de nuestra jurisdicción, en la que todas las actividades descriptas en la Recomendación mencionada, poseen suficientes controles y están supervisadas por diversos sujetos obligados (ej. escribanos, Registro de la Propiedad Inmueble, Registros Públicos de Comercio)”, remarcaron los letrados.

 

Según este informe, las actividades que se pretende que los letrados informen como parte de sus obligaciones profesionales ya están cubiertas por otras entidades y sujetos obligados, como los escribanos, el Registro de la Propiedad Inmueble y los Registros Públicos de Comercio. Por lo tanto, no se justifica la imposición de nuevas obligaciones en ese sentido.

Además, se argumentó que “la inclusión en estas obligaciones afectaría directamente al secreto profesional, garantía fundamental en el ejercicio de la abogacía, y que no existe necesidad ni justificación para vulnerar este principio”.

“Tal es el caso de nuestra jurisdicción, en la que todas las actividades descriptas en la Recomendación mencionada, poseen suficientes controles y están supervisadas por diversos sujetos obligados (ej. escribanos, Registro de la Propiedad Inmueble, Registros Públicos de Comercio)”, remarcaron los letrados.

El CPACF remitió el dictamen al Senado de la Nación, expresando así su postura clara y fundamentada en relación con esta polémica reforma.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486