Un proceso de alimentos donde el juzgado fijó una cuota de 45.3% de un SMVM motivó apelaciones de ambas partes, por un lado, la actora que consideró insuficiente la cuota para cubrir las necesidades del alimentado y por el otro el progenitor demandado que entendía que directamente no correspondía fijar cuota y pedía se la deje sin efecto.
En concreto, el recurrente condenado se agraviaba porque decía que el cuidado personal del niño era compartido y que sus ingresos no eran iguales a los de la progenitora, por lo que no correspondía que se lo obligue a pagar, ya que el hijo permanecía igual cantidad de días con cada progenitor.
Al respecto, la Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen, en los autos “C. Y. M. c/ F. J. A. s/ Alimentos (Expediente digital)” verificó que, de todo el material probatorio, lo que incluía la absolución de posiciones del propio apelante, así como testigos e informes, surgía que el cuidado personal estaba en manos de la progenitora reclamante.
El recurrente no había impugnado o pedido explicaciones del informe social que también acreditó al residencia del hijo en casa de la actora y si bien en otro expediente paralelo las partes buscaron llegar a un cuidado personal compartido e indistinto, la residencia del hijo siempre era el domicilio materno.
Es criterio usual de este tribunal acudir a parámetros objetivos de readecuación para evitar la depreciación del monto en perjuicio de los alimentistas” y que “la cuota fijada en el 45,3% del SMVYM no alcanza hoy a cubrir la CBT que con la aplicación de los coeficientes de Engel previstos para calcular las necesidades de acuerdo a la edad y sexo del niño”
Es decir que no surgía que exista una equivalencia en el cuidado para acudir al art. 666 CCCN dado que las tareas cotidianas que realiza el progenitor que asume el cuidado personal tienen un valor económico y constituyen un aporte a su manutención. Y tampoco el recurrente acreditó sus ingresos para merituar una equivalencia con los de la progenitora.
Por ello decidieron rechazar el recurso del demandado, sin embargo, los camaristas Jorge Juan Manuel Gini y Carlos Alberto Lettieri si decidieron admitir el recurso de la actora para fijar una cuota alimentaria equivalente a la Canasta Básica Total para la edad del niño en cada período de aplicación.
Los jueces recordaron que “es criterio usual de este tribunal acudir a parámetros objetivos de readecuación para evitar la depreciación del monto en perjuicio de los alimentistas” y que “la cuota fijada en el 45,3% del SMVYM no alcanza hoy a cubrir la CBT que con la aplicación de los coeficientes de Engel previstos para calcular las necesidades de acuerdo a la edad y sexo del niño”.
Entendiendo la CBT (Canasta Básica Total) como la que abarca no solo las necesidades nutricionales y define la línea de indigencia como es el caso de la CBA (Canasta Básica Alimentaria), sino que abarca también las necesidades en materia de bienes y servicios no alimentarios y define la línea de pobreza.