Luego del inicio a un proceso de alimentos ante el Juzgado de Familia de Pehuajó la sentencia otorgó una cuota alimentaria provisoria del 42,5 % de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente en cada período.
No contenta con la resolución, la propia actora apeló la sentencia solicitando una cuota provisoria de $150.000 actualizable conforme la Canasta de Crianza publicada por el INDEC.
Llegado el caso “F. S. M. L. c/ P. M. y otro/a s/ Alimentos” por ante la Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen, los jueces de la alzada, Carlos Alberto Lettieri y Jorge Juan Manuel Gini sostuvieron que para verificar la razonabilidad de la cuota fijada se podía recurrir al índice de Canasta Básica Total (CBT) como ocurrió en otros casos.
La cuota fijada alcanzaba “escasamente” a cubrir solo la CBA pero estaba muy por debajo de la CBT que correspondía al niño.
Este índice marca el límite para no caer por debajo de la línea de pobreza, a diferencia de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) que contempla solo las necesidades nutricionales y define la línea de indigencia.
En el caso el hijo de la demandante tenía 9 años por lo que la cuota debía cubrir las necesidades de acuerdo a su edad, teniendo en cuenta manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad, etc.
De esta manera, la cuota fijada alcanzaba “escasamente” a cubrir solo la CBA pero estaba muy por debajo de la CBT que le correspondía a un niño.
Por ello decidieron aumentar la cuota provisoria en la cantidad de pesos equivalente a 1 CBT para la edad del menor en cada período de aplicación hasta que se fije la cuota definitiva.