Esta semana, Chile avanzó hacia una legislación más moderna en materia de protección de datos personales (siguiendo el ejemplo de la Unión Europea), una deuda que también tiene Argentina, se consolida en el país vecino, tras siete años de debate.
Es que el proyecto (cuyo trámite legislativo puede verse aquí y aquí) fue aprobado esta semana por la Cámara de Diputados chilena pero estaba presentado desde 2017, y recién esta semana se logró el visto bueno para el informe de comisión mixta que resolvió las diferencias con el Senado y despachó el documento al Ejecutivo para su promulgación.
La ley reformada cuenta con 54 artículos que buscan que el titular de los datos personales sea el que brinde su consentimiento para su tratamiento, salvo los casos que la ley lo autorice. Siendo ese consentimiento, libre, informado, previo, inequívoco y específico para un fin.
Se regula el derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo de los datos personales… También se crea la Agencia de Protección de Datos Personales.
La recolección de datos personales debe ser limitada a lo estrictamente necesario, y en el marco de fines específicos.
Se regula el derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y bloqueo de los datos personales.
También se crea la Agencia de Protección de Datos Personales que tendrá por objetivo el de velar el cumplimiento de la normativa y por la protección de los derechos de las personas en cuanto a su vida privada y sus datos personales.
El articulado incluye regulación en torno al tratamiento de datos sensibles, datos biométricos o datos de menores.
A su vez se disponen obligaciones para el responsable de datos, así como un capítulo sobre responsabilidades, infracciones y sanciones.
De esta manera Chile se adapta a los tiempos que corren, actualizando su normativa, así como también lo hizo en materia de ciberseguridad o inclusive de neuroderechos, ante el avance de la tecnología y la importancia que adquieren los datos personales.