En la causa “R, R. A. E. c/ P, H. A. – Atribución de vivienda familiar”, el Juzgado de Familia de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo de la jueza María Belén Mignón, le atribuyó la vivienda familiar a una mujer que, en 2018, decidió abandonar el hogar conyugal junto con sus dos hijos menores de edad, a raíz de los reiterados episodios de violencia ejercidos por su esposo.
Cuando presentó la demanda, según se desprende del expediente, la mujer y sus hijos se encontraban en una situación de vulnerabilidad multicausal. Alquilaban un departamento de condiciones precarias y ella se hacía cargo de casi todos los aspectos relativos a la crianza, el cuidado y la manutención de los niños.
El exesposo vivía en la casa familiar, que había sido obtenida mediante un plan de una cooperativa de vivienda del cual ambos cónyuges eran titulares. En la solicitud, la mujer manifestó que, si le atribuían la vivienda familiar original, ella se haría cargo de las cuotas respectivas, ya que era inminente la baja de la adjudicación de la casa por una deuda que existía y por el incumplimiento de los planes de regularización.
Frente a esta situación de vulnerabilidad y la inminente pérdida de la adjudicación, la Asesoría Letrada de Familia del Sexto Turno, a cargo de la defensora pública Griselda Ebbio, solicitó le atribuyeran la casa a la mujer víctima de violencia, con el compromiso de hacerse cargo de las cuotas del plan.
De este modo, la magistrada cordobesa emplazó demandado a desalojar la vivienda en 20 días y otorgar su uso a su ex y sus hijos, hasta que el menor de ellos obtenga la mayoría de edad.
En el caso se valoró que la mujer era quien, desde la separación, asumió de manera exclusiva los cuidados de los hijos. “Esta circunstancia adquiere especial relevancia en este decisorio”, manifestó y agregó que el dinero que la demandante utiliza actualmente para abonar el alquiler puede ser destinado a lograr regularizar la deuda que tiene con la cooperativa y que esto permitiría “evitar las acciones judiciales que lleven a perder este inmueble, que representa la vivienda del grupo familiar”.
De este modo, la magistrada cordobesa emplazó demandado a desalojar la vivienda en 20 días y otorgar su uso a su ex y sus hijos, hasta que el menor de ellos obtenga la mayoría de edad.