En 2014, y en conjunto con la entrada del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, se sancionó la Ley 26.993 que creó el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC). Desde su implementación hasta la actualidad, el organismo -que actúa a nivel nacional- facilita la resolución accesible y ágil de conflictos, como también evita que gran parte de los reclamos lleguen a la instancia judicial, algo que fue esencial durante la pandemia.
Pero, en las últimas horas se dio a conocer que el Gobierno Nacional analiza la posible derogación de la Ley 26.993 y el desvío de casos. La situación tomó de sorpresa al sector, aunque reconocen que COPREC “venía achicando personal” pero la situación se precipitó el viernes último con la noticia.
La Unión de Mediadores Prejudiciales confirmó que el sistema será desarticulado a partir de enero próximo y desde la entidad anunciaron que llevarán adelante "todas las acciones tanto en el ámbito administrativo como así también judicial" para defender a los profesionales y su fuente de ingreso y garantizar el acceso a la justicia de los consumidores.
Martín Petasne, director de la Comisión de Defensa del Consumidor de la Asociación Abogados del Fuero aseguró a Diario Judicial que “más de 100 abogados y abogadas conciliadores van a perder una gran fuente de ingresos” y, por otro lado, estos casos derivarían a Defensa del Consumidor de Ciudad de Buenos Aires “cuyos conciliadores no son necesariamente abogados” y “se estaría permitiendo habilitar la instancia judicial sin la intervención” de letrados.
En este mismo sentido, Nahuel Altieri, presidente de la Asociación Abogados del Fuero, dijo a este medio que "toda la comunidad abogadil se encuentra en alerta por la proliferación de procesos sin la debida asistencia letrada, lo que conlleva a que los particulares puedan verse vulnerados por desconocimiento de sus derechos y garantías, tanto en materia de defensa del consumidor como en general".
Desde las organizaciones de consumidores alertan también sobre las graves consecuencias, ya que hay muchas localidades del interior del país que no tienen oficinas de Defensa del Consumidor se encuentran lejanas a centros urbanos o directamente aún no cuentan con este servicio. A esto se suma que la interposición del reclamo interrumpe, según la normativa, “la prescripción de las acciones judiciales y las administrativas, y de las sanciones emergentes de la Ley 24.240 y sus modificatorias".
Pablo Ezequiel Bruzzo, Secretario de la Unión de Mediadores Prejudiciales (UMP), dialogó con Dju y recordó que el COPREC fue creado por ley en el 2015, la ley 26.993, “a fin de llegar adelante un sistema que permitiera el acceso rápido de la ciudadanía a la justicia en relación al consumo. Es decir, los reclamos que tenemos todos los días. Para que te des una idea, tenemos reclamos de menor cuantía, como puede ser una plancha, una heladera defectuosa, una compra defectuosa, una cocina, pasando por estafas con los depósitos bancarios, entregas de automóviles, tarjetas de crédito, bancos”.
“Este sistema le da un acceso gratuito a la ciudadanía, muy rápido, muy ágil, online, con lo cual la gente no tiene que trasladarse, sino que inclusive las audiencias se toman vía Zoom desde cualquier lugar donde estén, inclusive de su trabajo, e inclusive estaba tomándose de todo el país”, agregó Bruzzo.
Sobre cómo funciona el COPREC, el letrado detalló: “Nosotros somos abogados, mediadores y hemos hecho un concurso, hemos dado un examen para ingresar a este registro y somos independientes. O sea, nosotros tenemos nuestro estudio, solventamos Internet, solventamos el Zoom, solventamos Adobe Sign para la firma electrónica. En fin, todo lo pagamos nosotros”.
Este sistema “no es un costo para el Estado esto, al revés, digamos. Es más, cuando llegas a un acuerdo, los honorarios los paga la empresa" dijo Bruzzo.
Sobre los resultados de la utilización del servicio de COPREC, el secretario de UMP destacó que “del lado de las empresas sostuvimos un 70-80% de acuerdo. O sea, las empresas concurren. O sea, como siempre, hay empresas que no, como todo sistema, pero las empresas de primera línea concurren y hacen acuerdos porque les convienen, porque terminan los temas ahí, porque no pasa a la justicia. Otro tema importante es que este sistema que habilita el acceso a la justicia nacional”.
“Tenemos que velar porque se aplique la Ley de Defensa del Consumidor. Después, obviamente, pasado ese paso, si se cierra con acuerdo, se homologa. Otra cosa es que ese acuerdo, sino se cumple, se puede ejecutar como si fuera una sentencia, con lo cual le da la posibilidad al ciudadano de no tener que hacer un juicio ordinario con lo que lleva, con los tiempos que lleva”, concluyó.