El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de San Francisco, a cargo del juez Andrés Peretti, autorizó la vacunación compulsiva de un bebé recién nacido, ya que los padres del niño se negaron a colocarle las dosis correspondientes al calendario obligatorio.
En el caso, el pediatra de guardia puso en conocimiento de la negativa de los progenitores a la Unidad de Desarrollo Regional de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia. Según se desprende de la causa, el menor debe recibir las vacunas dentro de las primeras 12 horas de vida, por lo que intervino en forma inmediata la justicia cordobesa.
En este sentido, el juez señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la Ley 27.491, que indica el carácter de obligatoriedad de las vacunas del calendario nacional y la responsabilidad de quien represente legalmente al niño, adolescente o persona incapaz de cumplir con su vacunación.
“Las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación no alcanzan sólo al individuo que la recibe, sino que, además, incide directamente en la salud pública cuyo objetivo principal es reducir y/o erradicar los contagios en la población”, agregó el juez Peretti, quien autorizó a las autoridades sanitarias a proceder a la vacunación compulsiva del niño recién nacido y emplazar a sus padres para que cumplan con el calendario nacional de vacunación obligatorio, bajo apercibimiento de ley.
Asimismo, consideró que la negativa afectó ostensiblemente el interés superior del niño: “Sin desconocer el principio de autonomía de la voluntad (artículo 19 de la Constitución Nacional), en todo momento debo guiarme por el interés superior del niño, el cual prevalece sobre cualquier otro interés, atento que el niño recién nacido es el más vulnerable y necesitado de protección”.
Para el magistrado, no colocar a su hijo las vacunas “afecta no sólo al niño recién nacido, sino que, además, implica un riesgo para toda la comunidad y compromete la eficacia del régimen de vacunación oficial”.
“Las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación no alcanzan sólo al individuo que la recibe, sino que, además, incide directamente en la salud pública cuyo objetivo principal es reducir y/o erradicar los contagios en la población”, agregó el juez Peretti, quien autorizó a las autoridades sanitarias a proceder a la vacunación compulsiva del niño recién nacido y emplazar a sus padres para que cumplan con el calendario nacional de vacunación obligatorio, bajo apercibimiento de ley.