29 de Noviembre de 2024
Edición 7102 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/11/2024
Violencia virtual

La Justicia va a fondo contra el ciberhostigamiento

En el marco de una causa por violencia familiar, un juez ordenó el cese del ciberhostigamiento a la víctima incluidas las redes sociales. La medida incluso abarca cuentas creadas en nombre de la denunciante, "shallowfakes" y "deepfakes".

( kuntima.j| vecteezy.com)

El Juzgado de Paz Letrado de Ituzaingó dispuso una serie de medidas cautelares contra un hombre denunciado por su expareja en el marco de un caso de violencia familiar, que incluyen la prohibición de ciberhostigamiento y la eliminación de contenido relacionado con la denunciante en redes sociales.

En la resolución, dictada en el marco del expediente  “S. M. M. B. c/ Y. E. D. s/ Protección contra la Violencia Familiar Ley 12.569”,se dispuso además una restricción perimetral de 1.000 metros alrededor del domicilio de la denunciante y de sus lugares habituales de trabajo, estudio y esparcimiento, además de la prohibición de todo contacto físico o virtual, "ya sea de forma directa o mediante terceras personas", durante un plazo de 180 días.

 

El juez ordenó que el denunciado "elimine el material publicado y/o se abstenga de publicar fotos, videos o comentarios sobre la denunciante en Facebook, Instagram, Twitter, Whatsapp, Tiktok, etc., sean cuentas originales o creadas en su nombre, así como por otros medios informáticos"

 

La causa se originó a partir de una denuncia en la que la víctima señaló haber sufrido agresiones físicas y hostigamiento a través de redes sociales. El juez Carlos Alberto Miceli, titular del tribunal que dictó la medida, consideró "prima facie acreditados los hechos de violencia en el seno del grupo familiar que configuraban una violación del derecho a la salud plena de la víctima".

En relación con la violencia digital, el juez ordenó que el denunciado "elimine el material publicado y/o se abstenga de publicar fotos, videos o comentarios sobre la denunciante en Facebook, Instagram, Twitter, Whatsapp, Tiktok, etc., sean cuentas originales o creadas en su nombre, así como por otros medios informáticos".

También se le intimó a "eliminar de todos sus dispositivos cualquier tipo de video, cuenta, imagen, que tenga material privado y/o íntimo de la denunciante, incluyendo la eliminación de los datos almacenados en la nube, no debiendo quedar registrado en ningún tipo de sistema o soporte, como así también eliminar toda red social que haya sido creada en nombre de la denunciante o cualquier tipo de información personal o íntima de la misma, incluyendo los shallowfakes y/o deepfakes".

El plazo establecido para el cumplimiento de estas medidas fue de 48 horas, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $800.000 y de dar intervención a la justicia penal. Además, se ordenó que se comuniquen los hechos de violencia a las instituciones laborales o profesionales del agresor y que se lo obligue a asistir a programas reflexivos o terapéuticos.

Por último, se dispuso el tratamiento psicológico de interacción familiar para ambas partes y se libraron oficios a reparticiones públicas vinculadas con cuestiones de género, para que se brinde, en caso necesario, un botón antipánico y asistencia a la denunciante.

 

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