La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Jujuy, reglamentó la implementación progresiva de la puesta en funcionamiento del Colegio de Jueces creado por Ley 6.424,
En primer lugar, dispuso que la Oficina de Gestión Judicial será la encargada del sorteo de audiencias y cuestiones a resolver por los jueces penales con pautas según se trate de la etapa de investigación penal preparatoria, etapa de juicio, en supuestos de inhibición, recusación o excusación. Así como también según la especialidad del juez.
En segundo lugar, se decidió implementar un sistema especial de turnos penales para casos penales urgentes como habeas corpus innominados y solicitudes de audiencias impostergables, que se distribuirá según la materia (género, niños, niñas y adolescentes, narcomenudeo y causas sin especialidad).
La norma también prevé las funciones de los funcionarios coadyuvantes, lo referente a reuniones plenarias, y la separación de funciones entre colegio de jueces y oficina de gestión judicial.