27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

La información deberá ser comprobable

En la causa por el saneamiento del Riachuelo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio traslado de la demanda a los Estados involucrados y a las empresas acusadas de contaminar la cuenca. A su vez ordenó brindar información que sea comprobable por cualquier interesado, respecto de la problemática ambiental en la zona. FALLO COMPLETO

 
El Máximo Tribunal de la Nación ordenó a los Estados involucrados y a la Autoridad de la Cuenca, que confeccionen informes, detallados y comprobables, respecto de todas las cuestiones que atañen al daño ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo.

Según opinión de los expertos de la Universidad de Buenos Aires y de empresas involucradas, el plan propuesto por el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma no fue completamente satisfactorio. Por ello, los jueces de la Corte ordenaron la recolección de información para poder tener una visión más completa del plan que se estaría implementando.

Los magistrados tuvieron en cuenta las discusiones que se llevaron a cabo en las exposiciones por el conflicto del Riachuelo en las audiencias de este año. En ellas se advirtió que sobre determinados temas se carecía de información y sobre otros era dudosa o contradictoria con las versiones de otros sujetos que intervenían en el juicio.

La Corte pidió, particularmente, que se la informe de todos los aspectos que conforman la emergencia ambiental en la causa caratulada ”Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río - Matanza - Riachuelo)”.

Este informe deberá contener datos científicos actualizados sobre la situación ambiental, listado de las industrias que operan en la cuenca, la cantidad y proporción de los residuos que se vierten, de los traslados de las empresas contaminantes, de las propuestas para el sector industrial por parte de la Autoridad de Cuenca y los acuerdo firmados.

También deberá dejarse constancia del aporte presupuestario para la ejecución del plan, en especial de los aportes realizados por las jurisdicciones que conforman la Autoridad de Cuenca. A su vez, todas las consultas realizadas a expertos nacionales e internacionales respecto del plan, si las hubiera, y la totalidad de las fuentes de financiamiento.

Así también deberá constar el traslado de la población, el saneamiento de los basurales, información sobre la limpieza de los márgenes de la cuenca, la expansión de la red de agua potable y desagües cloacales, y el plan sanitario de emergencia.

Deberán informar sobre los costos totales de las obras y el avance hasta el 2015 del plan en cuestión, haciendo énfasis en que la información brindada deberá ser de acceso público y fácilmente comprobable por cualquier interesado.

Los jueces de la Corte establecieron que dicho informe deberá ser presentado por escrito y defendido oralmente en la audiencia del 31 de octubre de este año a las 10 de la mañana, en la cual se propenderá a terminar con las dudas sobre la credibilidad de la solución propuesta por las demandadas.

Esta resolución llevó la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda y Carmen Argibay.



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