“La función del Tribunal es dirimir los conflictos que puedan surgir entre los Estados en todas las cuestiones de aplicación, interpretación o incumplimiento de las normativas del MERCOSUR”, le explicó Deluca a Diariojudicial.com.
El Tribunal está integrado por cinco árbitros (uno por cada país que integran el MERCOSUR más otro de Paraguay). El representante por Argentina es el ex procurador general de la Nación Nicolás Becerra. Este organismo fue creado por el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias, firmado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (integrantes permanentes del bloque) el 18 de febrero de 2002.
Esta es la primera vez que su cubre la Secretaría del Tribunal ya que hasta el momento se ocupaba de manera interina. Deluca ganó el cargo por concurso de antecedentes y méritos entre otros nueve postulantes que se presentaron (todos argentinos ya que por orden alfabético le toca a nuestro país ocupar ese lugar que se rotará con los otros Estados). Asumirá el próximo 2 de enero por dos años, renovables una vez por el mismo período.
Deluca tendrá dos funciones centrales. “Inicialmente organizar la estructura del Tribunal llamando a concurso para los cargos superiores de las cuatro áreas (Jurisprudencia, Base de datos, Administración y Judicial) que no están en funcionamiento por ser esta la primera vez que se cubre el cargo de Secretario. Y también hacer la asistencia técnica al Tribunal o a los tribunales ad-hoc del MERCOSUR”, cuenta.
A los 33 años, Deluca hizo toda su carrera en la Justicia federal de la Capital Federal. Ingresó en marzo de 1995 como escribiente interino del Juzgado de Rodolfo Canicoba Corral donde llegó hasta el cargo de prosecretario. También trabajó en el Juzgado Federal de Sergio Torres. Desde diciembre de 2006 es asesor de la Liliana Blasi, integrante del Consejo de la Magistratura de la ciudad de Buenos Aires.
Tiene hecho un doctorado en España y publicó dos libros sobre el MERCOSUR: “La Integración Latinoamericana: El MERCOSUR” y “Unión Europea y MERCOSUR: los efectos de la norma comunitaria en los ordenamientos jurídicos nacionales”.