04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

En Entre Ríos la obesidad ya es una enfermedad

A partir de ahora la obesidad será considerada como una enfermedad. El 16 de enero que fue publicada en el Boletín Oficial la ley que obliga a las prestadoras de salud a su cobertura. A nivel nacional el tema todavía está pendiente. TEXTO COMPLETO

 
Se trata de la ley 9825 que considera a la obesidad como la patología crónica que es, establece criterios para su prevención y también la cobertura de su tratamiento a través de obras sociales y prepagas.

El proyecto que dio origen a la nueva ley lleva la firma de Enrique Cresto (PJ) y abreva especialmente, en el área de obesidad infantil, de la iniciativa de su colega de la UCR, Osvaldo Fernández.

La ley obliga a las prestadoras de la salud a atender las complicaciones surgidas a raíz de la obesidad entendiéndola como una enfermedad crónica y crea un programa especial de lucha contra la obesidad de niños y adolescentes.

La Cámara de Diputados provincial la aprobó por unanimidad, luego de que el Senado le hiciera unas pequeñas modificaciones al proyecto original.

Desde el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OPSPER) se quejaron de la aprobación de la iniciativa. En declaraciones a RecintoNet, su director, Silvio Moreira dijo que la obra social "no tiene los fondos ni los recursos" para cumplir con esta ley. "No estamos en condiciones de cumplir con un tema tan amplio ya que, por lo menos deben plantearse que tipo de tratamientos son los que requieren la cobertura de la obra social" explicó.

La ley define entre sus alcances la “prevención, diagnóstico y tratamiento clínico, psicológico, farmacológico y quirúrgico, así como la provisión de insumos requeridos para los mismos.". También establece que el siste ma sanitario "deberá contar con personal capacitado e instalaciones destinadas a la atención de esta patología", en especial a las personas híperobesas y establecer tratamientos integrales acordes con esta problemática.

Las Obras Sociales comprendidas dentro de lo establecido por la Ley Nacional Nº 23.660, deberán incluir la problemática de las personas obesas dentro de sus coberturas.



dju / dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486