20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Freno a la salida automática de menores encausados

La Corte no libera, no libera, no libera

El Máximo Tribunal revocó una sentencia de la Cámara de Casación Penal que ordenaba la liberación masiva de menores. También se pronunció a favor de la vigencia de la ley 22.278 y le exigió al Congreso que adecúe la legislación penal sobre el tema. La decisión de la Corte se originó en el habeas corpus presentado por la Fundación Sur. En diálogo con Diariojudicial.com, su presidente calificó al fallo de “preocupante, aberrante y monstruoso”. FALLO COMPLETO

 
La Corte Suprema de Justicia rechazó la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal que ordenaba la liberación de 60 menores –que aún no cumplieron 16 años- detenidos o internados en institutos porteños por estar implicados en causas penales.

El fallo de Casación también decretaba la inconstitucionalidad de la ley 22.278, promulgada en agosto de 1980, durante la última dictadura militar. En su pronunciamiento, el Máximo Tribunal también exhortó al Poder Legislativo “para que dentro de un plazo no mayor a un año, adecue la legislación penal en materia de menores a los nuevos estándares constitucionales y establezca un sistema integral y coordinado con la ley 26.061”.

El fallo de la Corte tiene origen en el habeas corpus interpuesto por Emilio García Méndez y Laura Musa, presidente y directora ejecutiva de la Fundación Sur, una entidad que creada para “denunciar las violaciones a los derechos humanos de la infancia, e incidir en los procesos de formulación y reformulación de normas jurídicas”.En diálogo con Diariojudicial, García Mendez calificó al fallo del Máximo Tribunal como “preocupante, aberrante y monstruoso”.

El titular de la Fundación Sur se preguntó: “¿Si la Corte asume esta posición, quién va a dirimir el derecho en Argentina?” Consultado respecto de la unanimidad del fallo –lo avalaron los siete integrantes del tribunal- García Mendez manifestó: “acá se juntaron el ‘tutelarismo seudo progresista, al que no le importa la libertad de los pobres, con los artífices de la mano dura que protestan contra la inseguridad”.El presidente de la Comisión de Infancia del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, apuntó que las próximas acciones para repudiar el fallo consistirán en la “protesta política”. También indicó que la Fundación Sur estudia la posibilidad de recurrir a la Corte Interamericana.

“Espero que los defensores de los derechos de la infancia se pronuncien contra la monstruosidad que es el fallo de la Corte”, exclamó García Mendez y aseguró que el dictamen “convalida la privación de la libertad, en contra de lo que propone la ONU”. “La ley 26.061 (de protección integral a los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, promulgada en 2005), prohíbe la privación de la libertad como forma de protección de los menores”, apuntó el también diputado por el ARI.

Los jueces del Máximo Tribunal adujeron, que más allá de las “fuertes tensiones”, no se puede arbitrar “un régimen general sustitutivo del previsto por la ley 22.278”, en clara discordancia con lo pedido por la Casación.

Los siete jueces de la Corte afirmaron que las cuestiones que encierra la problemática de los menores en conflicto con la ley penal, son de una “delicadeza, gravedad y complejidad extremas, tanto en sus causas, como en sus consecuencias personales y con relación a la comunidad toda”.

Y en ese punto, convocaron al “diseño de las políticas públicas en general, y la criminal en particular, que ameritan un debate profundo y juicios de conveniencia, que exceden la competencia de esta Corte”.

Por último, el máximo tribunal no impidió que los jueces de primera instancia tomen las medidas que crean necesarias para los menores, incluso su libertad.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486