Esto se suma a lo que la semana pasada se había decidido en la CNV con la modificación, mediante la resolución 547/2009, de una norma referida a la prevención del lavado de dinero y la financiación del terrorismo.
Y a las acciones como, la posibilidad de la UIF de ser querellante en causas de lavado de dinero para los delitos que se enmarquen en la ley 25.246 y la instrucción por parte del poder ejecutivo para que los organismos encargados de estos asuntos cumplan con las normas internacionales.
También puede agregarse aquí el hecho de que en la reglamentación de la ley 26.476 el papel de importancia que se le da a la Unidad de Información Financiera, ya que quienes se incorporen al régimen deberán cumplir con las disposiciones que establece dicho organismo.
Con respecto a las recomendaciones, entre ellas, se detalla que “invertir su dinero o sus valores negociables en una entidad no autorizada, o a través de individuos no autorizados por la CNV, puede implicar un alto riesgo de pérdida de capital, dado que los mismos actúan irregularmente”.
Del mismo modo, “lea atentamente el texto del convenio de apertura de cuenta que le proporciona el intermediario antes de firmarlo” y “verificar que los datos han sido cargados correctamente y asegúrese de tener un recibo por toda entrega de valores que realice”.
También, y quizás basándose en el caso Madoff, las recomendaciones también hacen hincapié en “prestar especial atención si un intermediario le ofrece rendimientos que estén muy por encima de la media de mercado, o que resulten en exceso atractivos” marcando la importancia de informarse antes de invertir.
En este “pequeño inversor ilustrado” se plasma otro de los mecanismos que desde el gobierno se realizan con motivo de asegurar que las premoniciones de “amnistía tributaria” o de “facilitador del lavado de dinero”, en la práctica queden sólo en probabilidades.