La iniciativa tienen en cuenta que la misión del Defensor del Pueblo consiste en “la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales de Derechos Humanos y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración Pública” y “el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas”.
Marcela Rodríguez, una de las impulsoras, expresó que al Defensor deben “darle las herramientas adecuadas para que pueda hacer un efectivo contralor de la Administración Pública y de protección de los derechos de la ciudadanía, y establecer un mecanismo transparente y con participación ciudadana que permita elegir a las personas más idóneas para cumplir con esta importante función”.
Según los argumentos del proyecto, “ante los ataques del gobierno a los distintos organismos de control, como la Auditoría General de la Nación, la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, y la cooptación de otros como la Oficina Anticorrupción, la Unidad de Información Financiera, es necesario fortalecer un órgano como el Defensor del Pueblo”.
También proponen que el funcionario tenga la posibilidad de querellar en supuestos excepcionales donde sea necesario promover la vigencia de derechos de incidencia colectiva. Tal como lo expresa el texto del proyecto, “está legitimado para interponer acción de amparo, de oficio o a pedido de los afectados. Cuando se invoquen derechos o intereses de incidencia colectiva sobre bienes jurídicos de carácter indivisible, su participación es obligatoria”.
La propuesta también menciona la necesidad de modificar las modalidades de selección del defensor. En tal sentido sugiere que sea llevada a cabo a través de un proceso público y con participación de la ciudadanía en la que se publiquen los antecedentes. Los postulantes presentarán ante la Comisión Bicameral los documentos correspondientes, como ser declaración jurada de bienes, un plan de acción, etc. Luego los “ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil podrán (…) presentar ante la Comisión Bicameral convocante, las observaciones y opiniones que consideren de interés expresar respecto de los/as candidato/as en el proceso de preselección”.
En cuanto a las incompatibilidades se expresa que para poder desempeñarse en cargos electivos y en toda actividad política partidaria, la incompatibilidad regiría “desde los dos años a la asunción del cargo y hasta dos años después del egreso de la función”.
También contempla la creación de áreas temáticas para asegurar la recepción de problemáticas específicas de los grupos más vulnerables y aumentar la cantidad de defensores adjuntos que deberán acreditar alguna especialización en alguna de estas áreas. (control de la administración pública; derecho al acceso a la educación, a la salud y a la vivienda; derecho al medio ambiente y recursos naturales; derechos de los consumidores y usuarios; derechos de las mujeres, de la niñez y de la adolescencia; derechos de las personas con capacidades diferentes; derechos de los pueblos originarios, afrodescendientes, derechos de migrantes y refugiados y minorías étnicas y religiosas; Derechos de personas LGTBI (lesbianas, gays, transgéneros, bisexuales e intersexuales).
Otro punto interesante de la propuesta, es la creación de delegaciones regionales en busca de una mejor protección de los derechos de toda la ciudadanía, complementadas con delegaciones itinerantes en aquellas zonas que, por sus características, sean de difícil acceso. Según la iniciativa, eso buscaría “el fin de defender un desarrollo local y regional equitativo”.