20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Una tradición que se mantiene

España vuelve al uso de las Togas

Luego de finalizar la crisis sanitaria por la pandemia (COVID-19), el país ibérico decidió volver a las fuentes y restauró la obligatoriedad del uso de las togas para los profesionales del derecho.

(Iftikhar Alam | vecteezy.com)

Las Togas son una prenda de vestir similar a una túnica abierta que suele utilizarse con una muceta cubriendo el pecho y la espalda y un birrete en forma de sombrero, en Argentina esta prenda suele utilizarse en algunas graduaciones como uniforme de egresados, pero en España esta indumentaria es obligatoria para los abogados que ejercen el derecho.

Si bien su uso es tradicional desde antiguo incluso se utilizaban en Roma, en ese país los letrados, jueces, fiscales, magistrados, secretarios y procuradores tienen la obligación de utilizarla conforme la ley orgánica del poder judicial que establece en su artículo 187 el deber de llevarla puesta cuando se lleve adelante una audiencia pública, reuniones del tribunal y actos solemnes judiciales.

Su obligatoriedad nace como una forma protocolar de demostrar respeto al proceso, así como sobriedad, seriedad, y tradición pero además tienen pequeñas diferencias que permiten reconocer a cada uno de los participantes del acto procesal según su cargo y jerarquía, mientras que la de los abogados y procuradores solo son negras sin distinciones, las demás llevan detalles en sus mangas o escudos que los diferencian fácilmente.

 

 

Desde el día de hoy los profesionales del derecho vuelven a tener la obligatoriedad del uso de la toga como forma de vestir para esos actos en particular


 

Sin embargo con la aparición de la Pandemia y teniendo en cuenta que muchas veces las togas se compartían en los juzgados por haber de estas prendas a disposición de los que vayan a intervenir en un acto y no cuente con una toga propia, la ley 3/2020 que estableció las medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia en su artículo 17 dispuso la dispensa de su utilización hasta el 20 de junio de 2021, lo que posteriormente se volvió a prorrogar por petición del Consejo General de la Abogacía hasta tanto desaparecieran todas las restricciones por la pandemia lo que efectivamente ocurrió esta semana.

Así el país europeo publicó en su boletín oficial una disposición del Ministerio de Sanidad que declaró la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, por lo que desde el día de hoy los profesionales del derecho vuelven a tener la obligatoriedad del uso de la toga como forma de vestir para esos actos en particular.

Una tradición que no solo es propia de España, sino que es seguida por otros países como EEUU, Canadá, Australia, Reino Unido y otros.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486