Una cuota alimentaria que ascendía al 65% de un SMVM fue el motivo de discusión, luego de que el progenitor alimentante apelara la sentencia que así lo determinó agraviándose de que la obligación alimentaria debía recaer en partes iguales entre los progenitores al tener el cuidado compartido indistinto del menor que según este pasaba igual cantidad de tiempo con cada progenitor.
Sin embargo, llegado el caso, conocido como “V.M.S. c/ H.G.A. s/ Alimentos” a la Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen, los agravios fueron descartados. Primero porque el niño tenía su residencia principal con la madre y no se logró acreditar que pasara igual cantidad de tiempo con ambos por lo que no se podía dejar de lado el principio por el cual el aporte mayor lo debe realizar el progenitor no conviviente ya que el que realiza el cuidado del menor tendrá menos tiempo de realizar una actividad rentable.
Si se verificaba la Canasta Básica Total (CBT) que suministra el INDEC que marca el límite para no caer por debajo de la línea de pobreza para el mes de septiembre de 2023 se requería $60.806,92 para un niño de 7 años no sea considerado pobre y la cuota ese mes equivalía a $73.125 por lo que apenas pasaba ese piso y tampoco había mucha diferencia con la cuota propuesta por el recurrente de 50% de un SMVM.
En segundo lugar, si bien el apelante indicaba que tenía un ingreso mensual de $200.000 y que además debía cubrir otra cuota alimentaria, no aportó los elementos suficientes estando en mejor posibilidad de hacerlo y para conocer su capacidad económica real, ya que la DDJJ que se presentó de 2021 indicaban que estaba inscripto en ganancias e iva y que tenía ingresos anuales por $1.219.057,19, de un informe surgió que tenía vehículos inscriptos a su nombre entre ellos una motocicleta Kawasaki considerada “de lujo” y del banco informaron que tenía un plazo fijo de $7710,36 y un saldo en cuenta de poco más de 260 mil pesos lo que indicaba que mantenía posibilidad de ahorro pese a abonar las cuotas alimentarias, algo que se sumaba a la prueba de que construyó parte de un galpón.
En tercer lugar, indicaron los magistrados Carlos A. Lettieri y Rafael H. Paita que si se verificaba la Canasta Básica Total (CBT) que suministra el INDEC que marca el límite para no caer por debajo de la línea de pobreza para el mes de septiembre de 2023 se requería $60.806,92 para un niño de 7 años no sea considerado pobre y la cuota ese mes equivalía a $73.125 por lo que apenas pasaba ese piso y tampoco había mucha diferencia con la cuota propuesta por el recurrente de 50% de un SMVM.
Por todo ello y no habiendo tampoco probado que el menor no tenga las necesidades que cubre la cuota o que se pudiera afectar a sus otros dos hijos, se desestimó el recurso y de optó por confirmar la sentencia, con costas.