20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Ser clase media no te deja sin beneficios

Beneficio de litigar con ahorros

Una farmacéutica solicitó un beneficio de litigar sin gastos que se rechazó en grado, pero se admitió en un 75% por la alzada, que consideró que no se podía "castigar" a la mujer por trabajar y tener un mínimo ahorro (plazo fijo y cuenta en dólares) que no la transformaban en una persona pudiente.

(gankogroup | es.vecteezy.com)

Una mujer pidió un beneficio para litigar sin gastos para poder demandar a la Municipalidad de La Plata y la justicia en primera instancia rechazó su pretensión.

Para la actora, que apeló el resolutorio ante la Sala segunda de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, resultaba “desacertado y ajeno a la realidad socio-económica actual de nuestro país interpretar que por contar con el patrimonio descripto está en condiciones de afrontar los gastos que demandará el juicio que habrá de promover” luego de expresar que tenía un salario de $630.000 como farmacéutica, y su patrimonio lo integraba un auto modelo 2017, un plazo fijo de $325.000 y una cuenta en dólares con U$S2.900.

Se agravió la misma de que la suma depositada en una cuenta DNI se considere como “inversión” cuando se trataba de una caja de ahorro con una renta mínima y que para la magistrada no surja claramente quienes integraban su grupo familiar o si había ingresos gananciales cuando en realidad era soltera y no tenía ayudas económicas, por lo que mal se podía prescindir de las declaraciones testimoniales si se consideraba que falta prueba documental.

El expediente, caratulado “V. M. G. s/ Beneficio de litigar sin gastos”, se elevó a la alzada, donde los camaristas Leandro Adrián Banegas y Francisco Agustín Hankovits revocaron la sentencia y concedieron el beneficio en un 75%.

 

No era adecuado ““castigar” con el rechazo del beneficio de litigar sin gastos a una persona que trabaja y que ha podido atesorar una modesta suma de dinero en concepto de ahorro, hacerla cargar con todos los costos del proceso, ubicándola en una situación de holgura económica que las máximas de la experiencia universal indican que no se cumple

 

“La posibilidad de obtener beneficio de litigar sin gastos, no se limita a quien es indigente o pobre de solem, nidad, pudiendo aprehender a todo aquél que demuestre que no está en condiciones de sostener los gastos de un juicio o, en su caso, que no puede procurarse los recursos necesarios”, precisaron.

Para los magistrados de la prueba producida se traducía que la actora “goza de un nivel de vida medio sin estar apremiada por cuestiones financieras” pero eso no significaba “que en el contexto económico imperante en nuestro país se traduzca en una posibilidad irrestricta de solventar los gastos casuísticos que pueden derivarse de un proceso como el que la actora indica ha de iniciar” con una pretensión aproximada de $10.000.000 por un accidente de tránsito.

Para los jueces no era adecuado ““castigar” con el rechazo del beneficio de litigar sin gastos a una persona que trabaja y que ha podido atesorar una modesta suma de dinero en concepto de ahorro, hacerla cargar con todos los costos del proceso, ubicándola en una situación de holgura económica que las máximas de la experiencia universal indican que no se cumple”.

Los bienes e ingresos denunciados por la mujer, no la transformaban en “una persona pudiente, sino en una profesional (farmacéutica) que cuenta con limitadas posibilidades de realizar erogaciones de importancia”, por lo que entendieron que estaba en condiciones de sostener los gastos del juicio en un 25% únicamente.

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