Varios vecinos de Villa Garibaldi y Sicardi, a lo que se sumó el director de clínica jurídica en DDHH de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata - representando también a vecinos de la localidad de Ignacio Correas - iniciaron una acción de recomposición ambiental contra la Municipalidad de La Plata.
Si bien ya en marzo de 2023 se había dictado una medida cautelar que buscaba resguardar el Humedal Arroyo El Pescado en las zonas de Villa Garibaldi y Sicardi ante el despliegue de un desarrollo urbanístico, en la nueva presentación se solicitó la ampliación de la misma para abarcar un perímetro en la localidad de Ignacio Correas.
Según expresaron los requirentes, la medida dictada anteriormente en el expediente “P. O. A. y otros c/ Municipalidad de La Plata y otro/a s/ Acción recomposición ambiental”, era insuficiente, ya que los proyectos de urbanización en la zona de loteos “Altos de Correas” y “Las Esmeraldas”, destruía las características singulares del área poniendo en peligro la conservación del humedal, lo que se evidenciaba con una inundación que ocurrió en agosto de 2023.
Indicaron también que se habían instado por varias vías la detención del proyecto inmobiliario, inclusive ante autoridades municipales y provinciales y no se había logrado.
Decidió ordenar a la Municipalidad de La Plata a suspender por sí o por los medios que estime convenientes, cualquier actividad vinculada a la construcción de obras particulares, producción, movimiento de tierras, apertura de calles y/o cualquier otra acción que comprometa el Humedal Arroyo El Pescado y la zona de influencia protegida…Abarcando un perímetro específico donde se realizaban los loteos cuestionados…
En tal sentido el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata, a cargo de la jueza María Ventura Martínez,decidió ordenar a la Municipalidad de La Plata a suspender por sí o por los medios que estime convenientes, cualquier actividad vinculada a la construcción de obras particulares, producción, movimiento de tierras, apertura de calles y/o cualquier otra acción que comprometa el Humedal Arroyo El Pescado y la zona de influencia protegida.
La decisión abarca un perímetro específico donde se realizaban los loteos cuestionados y tendrá vigencia hasta que se dicte la sentencia definitiva o se acompañe el estudio de impacto ambiental con garantía de participación ciudadana.
Para decidir de esta manera, la magistrada entendió que había razones legales, constitucionales, de identidad cultura y posibles afectaciones al pueblo vecino.
Remarcó en tal sentido el impacto ambiental negativo que generaría permitir el desarrollo inmobiliario y comercialización de lotes en una pequeña localidad ubicada sobre la cuenta El Pescado, “sin planificación ni supervisión”, lo que no solo afectaría una zona protegida sino también deterioraría la calidad de vida de la comunidad.