Por medio de la acordada 16/2007, los jueces de la Corte volvieron a expedirse sobre uno de los temas más preocupantes para la administración de justicia: la permanencia de jueces subrogantes y la designación de jueces “constitucionales”.
El Tribunal dictó el 23 de mayo de este año, en el marco de la causa caratulada ”Rosza, Carlos Alberto y otro s/ recurso de casación” la inconstitucionalidad de la designación de jueces por procedimientos que no se adecuan con las exigencias de la Constitución Nación.
En ese mismo expediente, los jueces de la Corte, limitaron la designación de subrogantes a la implementación de un nuevo sistema de designación. Dicho sistema debería respetar las premisas constitucionales para la designación de magistrados. Una vez puesto en marcha ese nuevo sistema, los jueces subrogantes dejarán de ejercer su cargo, a menos que sean ratificados por este nuevo sistema.
Para obligar al resto de los Poderes del Estado y a los órganos extrapoder a que traten y resuelvan la cuestión en un plazo breve, la propia Corte dio un plazo de un año, tras lo cual la designación de los jueces caducará automáticamente, sin que puedan seguir entendiendo en las causas en las que participaron ni en otras nuevas.
Ese precedente desató no sólo diversas propuestas en diversos ámbitos legisferantes, sino que además algunos tribunales nacionales y federales pidieron a la Corte instrucciones respecto de qué procedimiento seguir en caso de que venza el plazo dispuesto, sin que se haya implementado un nuevo sistema.
Ante esta última cuestión, la Corte Suprema respondió con el dictado de una nueva acordada, en la que se dio precisa instrucción de las diversas opciones que los tribunales tendrán para poder completar las subrogancias.
Aclararon que las designaciones de los subrogantes cesan por tres diversos motivos. La primer situación tendría lugar cuando transcurra el plazo de un año –24 de mayo de 2008- establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo “Rosza”. En segundo lugar por la finalización del plazo por el cual fueron nombrados, o por último, son válidas hasta tanto entre en vigencia el nuevo sistema de designación de jueces.
Ante la finalización en el cargo por cualquiera de estas razones, deberá ser reemplazado por un magistrado regular en actividad –que fuera designado de acuerdo a la Constitución Nacional-, o por un magistrado jubilado que también hubiera sido designado en su cargo constitucionalmente, o bien de la forma que se designe en el nuevo sistema.
En caso de que alguna jurisdicción no pueda completar la vacante de acuerdo a lo expuesto en el último párrafo, sólo en caso de gravedad institucional podrá requerir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación alguna directiva a seguir, o bien consultar alguna duda al respecto.
Esta acordada, fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Maqueda, Carlos Fayt y E. Raúl Zaffaroni.