04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Menores detenidos: la Corte de Santa Fe ordenó medidas urgentes

Exhortó al Gobierno a prohibir la detención de menores en una comisaría y ordenó el traslado de los internos del Instituto de Rehabilitación del Adolescente de Rosario, hasta que se refaccione el lugar. Las medidas fueron ordenadas luego de una inspección de camaristas penales. El informe revela una muy dura situación de salud mental de los detenidos. El Máximo Tribunal pidió “responsabilidad institucional” en el cumplimiento de lo ordenado.

 
Luego de que un juez de Rosario prohibiera la detención de menores de edad en una comisaría de esa ciudad, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ratificó esa resolución y a partir de una inspección a institutos de menores que realizó la Cámara Penal exhortó al Gobierno provincial para que “de inmediato impida el alojamiento de menores en dependencias de la Seccional Primera de la Unidad Regional II de la Policía”.

Esa no fue la única medida que el Máximo Tribunal provincial tomó en el acuerdo de este miércoles. También ordenó la “refacción y reparación del establecimiento donde funciona el Instituto de Rehabilitación del Adolescente de Rosario” y el traslado de los menores allí alojados a un lugar “en condiciones de salubridad, apta para el alojamiento”. Por otra parte, se le indicó al Poder Ejecutivo que reemplace al personal policial por especialistas en el tratamiento de menores.

Lo ordenado por la Corte santafecina se fundamentó en un informe que la Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario elaboró a pedido del Máximo Tribunal luego de recibir una denuncia de la Coordinadora de Trabajo Carcelario de Rosario sobre las condiciones de detención de los menores en esa ciudad. La Cámara inspeccionó el Instituto de Rehabilitación del Adolescente de Rosario (IRAR) y la Seccional Primera de la Unidad Regional II de la Policía de Rosario.

El informe sobre el IRAR destaca: tareas de higienización que no son suficientes para los problemas edilicios del instituto; recomendó la urgente reparación de los pabellones inhabilitados. La Cámara señaló que ese trabajo es factible en virtud de la escasa cantidad de alojados que hay, 28 menores.

“El edificio no cuenta con las comodidades mínimas que requiere una persona en estado de detención, sea menor o mayor de edad, y sólo a causa de una cuestión excepcional y brevemente transitoria se puede permanecer en el lugar”, grafica el informe sobre la Comisaría 1 de Rosario.

Esta semana el juez de menores Nº 3 de Rosario, Jorge Cartelle, había ordenado el traslado de los menores alojados en esa Comisaría y prohibido el ingreso de nuevos detenidos. El magistrado constató que esa dependencia “no resiste el menor análisis en cuanto a la factibilidad de albergar a personas menores de 18 años de edad”. Estado deplorable de construcción, falta de ventilación adecuada, lamentable estado de los sanitarios, son algunas de las descripciones que hizo el juez sobre la Comisaría.

Por otra parte, el trabajo de la Cámara Penal destaca la situación psíquica que atraviesan los menores detenidos en las dos dependencias inspeccionadas. Sobre el IRAR, todos los internos “padecen de alteraciones psíquicas y/o psiquiátricas de distinto grado, que ameritan que sean atendidas por profesionales en la materia”. Mientras que en la comisaría “los menores mostraban residuales estados de alteración anímica, que lleva a presumir como producto de la ingesta reciente de sustancias adictivas, antes del ingreso a la dependencia, y con tendencia a autoinferirse lesiones”.

Todos los pedidos de la Corte de Santa Fe fueron efectuados para que se cumplan con “responsabilidad institucional”. “Es por ello que la lectura de esta resolución, de parte de sus destinatarios, debe estar presidida por un elemental sentido de responsabilidad institucional”, sostuvieron los jueces Roberto Falistocco, María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez, Mario Netri y Eduardo Spuler en la resolución.

La referencia es a que “una sentencia judicial dictada en tal sentido, aunque resulta ejecutoria como todo acto jurisdiccional, está muy lejos de suponer una solución definitiva al problema genérico de la minoridad en conflicto con la ley penal”

La resolución de Corte se basa en los valores que “merecen la tutela de normas de la más alta jerarquía constitucional e internacional, y su atención debe ser no sólo la adecuada sino -y fundamentalmente- oportuna”.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486