El presidente de la Comisión redactora, Mariano Borinsky encabezó el acto de presentación del proyecto del Nuevo Código Penal. "Todos, como ciudadanos, estamos esperando una rápida aprobación de este Código en el Congreso de la Nación" resaltó.
El miércoles tuvo lugar la presentación del proyecto del Código Penal, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal, y presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal, encabezó el acto.
Los presentadores del evento fueron Luis Novaresio y Pamela David. Del encuentro participaron, entre otras autoridades, la Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich; los ministros bonaerenses de Justicia, Gustavo Ferrari, y de Seguridad, Cristian Ritondo; los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal, Gustavo Hornos y Carlos Mahiques; el Director Nacional de Política Criminal del Ministerio de Justicia de la Nación, Carlos González Guerra; el Jefe de Gabinete de la cartera de Justicia nacional, Martín Casares, y el vicejefe de gobierno porteño, Diego Santilli.
Sobre el aborto, la Comisión decidió incorporar el criterio que viene manteniendo la Corte Suprema de Justicia de que en los casos de abuso sexual, no será punible. Tampoco será punible cuando el aborto se realice para evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre, de acuerdo con el estándar de la Organización Mundial de la Salud.
Cabe recordar que el nuevo Código es de carácter federal y plural, y la comisión realizó 80 reuniones plenarias de discusiones y debates. Tiene 540 artículos en una única estructura, pretendiendo mantener los criterios de sistematización para no alterar lo que ya estuvo vigente; mientras que el código viejo consta de 320 artículos, 900 leyes en casi 100 años lo modificaron o complementaron, y 17 comisiones.
El nuevo Código Penal determinó como máximo de la pena de prisión de cumplimiento efectivo en 35 años y 40 en el caso de reincidentes. Incorpora la compraventa de niños, delito que no estaba tipificado en la vieja norma, que será castigado con penas de hasta 8 años de prisión.
También se penarán las agresiones en manifestaciones públicas: quien arroje cuerpos contundentes o proyectiles contra otra persona que ponga en peligro su integridad física podrá ser penado con hasta 2 años de prisión, y hasta 3 años si es contra un miembro de las fuerzas de seguridad.
La libertad condicional “va a estar limitada para determinados casos”, es decir que no será un derecho absoluto, especialmente cuando se trate de delitos graves
Sobre el aborto, la comisión decidió incorporar el criterio que viene manteniendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación de que en los casos de abuso sexual, no será punible. Además, tampoco será punible cuando el aborto se realice para evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre, de acuerdo con el estándar de la Organización Mundial de la Salud.
En el nuevo cuerpo jurídico, la libertad condicional “va a estar limitada para determinados casos”, es decir que no será un derecho absoluto, especialmente cuando se trate de delitos graves, cometidos con violencia, que le hayan provocado a la víctima graves daños físico, mentales o la muerte.
Respecto de las pautas para la determinación de la pena se toma en cuenta la violencia de género, que a diferencia de lo que ocurre en la actualidad en la que solamente el femicidio considera esta circunstancia, en el nuevo plexo normativo se tendrá en cuenta en casos de estafa, de afectación de la propiedad o de la integridad física. En esas circunstancias el juez deberá aplicar el tercio superior de la escala penal.