La Secretaría de Innovación Pública creó el “Comité Nacional de Blockchain" y Lineamientos nacionales para avanzar en esta tecnología. El texto destaca que los usos de este sistema en la administración pública pueden resultar “prometedores”.
La Secretaría de innovación pública, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros publicó hoy la Resolución 17/2022 en el Boletín Oficial por la cual se crea el denominado “Comité Nacional de Blockchain”, presidido por la titular de la dependencia, con facultades de dictar normas complementarias, aclaratoria y reglamentarias, convocando a los organismos y entidades públicas nacionales que pudieren contribuir.
Asimismo, la resolución aprueba un anexo que establece el “Lineamiento nacional sobre blockchain” que busca “sentar las bases y líneas de acción para la implementación de un PLAN NACIONAL DE BLOCKCHAIN en Argentina”.
El documento comienza diciendo que la Blockchain “es una tecnología de registro distribuido (DLT)” para luego pasar a definir a ese tipo de registros como “una forma de base de datos digital que es actualizada y mantenida por cada miembro de manera independiente en un gran espacio de red”, a la vez que brinda algunas de sus características, que resume en 6 items: a) Distribuida, b) segura y privada, c) inmutable, d) transparente y auditable, e) desintermediada y f) instrumentada y flexible.
Por otro lado, trata de explicar los elementos básicos de la blockchain, como el nodo, el protocolo estándar, la red entre pares o p2p y el sistema descentralizado.
El anexo, también repasa algunos de los algoritmos de consenso, las fortalezas de la red y las tipologías para luego pasar a exponer algunos de los usos de esta tecnología en la administración pública que pueden resultar “prometedores”, como la gestión de la identidad desde el nacimiento a la muerte, la notarización, la salud (tratamiento de historias clínicas), el gobierno abierto y la transparencia de diferentes actos como las licitaciones y también el uso de Smart contracts en estos casos, las ciudades inteligentes para garantizar integración e interoperabilidad, o el caso de los contenidos y publicaciones difundidos en forma electrónica, que gracias a esta tecnología puedan permanecer inmutables y no sean manipulados. La mayoría de estos casos contribuirá a una desburocratización, a dar mayor transparencia y seguridad en la información.
El documento también hace referencia a los ejes donde se debe normativizar para el desarrollo de esta tecnología, estableciendo cuatro: la identidad, la privacidad, la seguridad y la gobernanza.
El documento también hace referencia a los ejes donde se debe normativizar para el desarrollo de esta tecnología, estableciendo cuatro: la identidad, la privacidad, la seguridad y la gobernanza.
Se destaca como objetivo el de analizar las ventajas de una posible blockchain desarrollada y administrada por el Estado y basada en la identificación de las personas
Entre las conclusiones destaca la necesidad de crear este comité coordinado por la Secretaría de Innovación Pública para que actúe como interlocutor en el ecosistema blockchain local promoviendo la interoperabilidad de las tecnologías blockchain y el buen gobierno, proyectando una estrategia nacional de blockchain listando una serie de objetivos ideales para el desarrollo a corto plazo.
Entre ellos se destaca como objetivo el de analizar las ventajas de una posible blockchain desarrollada y administrada por el Estado y basada en la identificación de las personas, favorecer la creación de fondos para financiar los costos totales o parciales de experiencias de uso de esta tecnología, promover el desarrollo de aplicaciones interoperables, robustas, ambientalmente sustentables y que protejan los datos personales, propender al surgimiento y desarrollo del ecosistema de gobierno abierto y de desarrollo del ecosistema blockchain con emprendimientos de empresas locales, analizar y adherir a normativas internacionales de desarrollo y uso de blockchain, así como colaborar con otros países y organismos internacionales para la implementación o transferencia de conocimiento, entre otros supuestos.