Los camaristas Guillermo Alberto Antelo y Eduardo Daniel Gottardi, a cargo de la Sala III de la Cámara civil y comercial Federal desestimaron el recurso interpuesto por la parte actora, confirmando la sentencia del Juzgado 3, secretaría 5 que rechazó una medida cautelar que pretendía parar la difusión de información que vinculaba al hombre con el narcotráfico.
El sujeto interpuso la acción en su nombre y junto a su esposa en representación también de sus hijas, contra el ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones), los buscadores Google y Yahoo y los portales de noticias “Diario News Online Mendoza”, “Editorial Diario Capital S.A.”, “Nova Mar del Plata”, “La Política Online S.A.”, “Diario La Verdad S.A.” y “Noticias -Editorial Perfil S.A.”.
En concreto pretendía el cese de la difusión de publicaciones que le atribuían hechos y vínculos ilegales relacionados al tráfico de drogas y medicamentos que consideraba falsos, que se prohibición de que en los medios de comunicación masiva se refieran a su persona por esos hechos (bozal legal) y el bloqueo preventivo de los sitios web identificados, todo lo cual debía a su vez ser comunicados a los medios nacionales.
Si el sujeto pretendía suprimir contenidos “estaba obligado a demostrar que su situación permite suprar la “fuerte presunción de inconstitucionalidad” que pesa sobre la censura” ya que la restricción de la URLs cuestionadas implicaba restringirle a un universo de usuarios de la red el acceso a información, por lo que la mera alusión a la falsedad de la noticia no era suficiente para acreditar la verosimilitud del derecho, como tampoco lo era invocar genéricamente derechos personalísimos sin diferenciarlos
El caso se caratuló “G., A. F. y otros c/ Google Inc y otros s/ medida autosatisfactiva” y llegado a la Cámara, la alzada identificó que el material cuestionado consistía en cinco artículos periodísticos de distintos portales y un comentario de un usuario en la red social Facebook que se referían al demandante, y si bien se identificó que solo en uno se alude a la sospecha de un vínculo con el narcotráfico, los demás se referían más bien a sus antecedentes laborales y su supuesta participación en la delegación que viajó a Rusia para adquirir las vacunas contra el Covid-19.
En tal sentido si el sujeto pretendía suprimir contenidos “estaba obligado a demostrar que su situación permite suprar la “fuerte presunción de inconstitucionalidad” que pesa sobre la censura” ya que la restricción de la URLs cuestionadas implicaba restringirle a un universo de usuarios de la red el acceso a información, por lo que la mera alusión a la falsedad de la noticia no era suficiente para acreditar la verosimilitud del derecho, como tampoco lo era invocar genéricamente derechos personalísimos sin diferenciarlos.