28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Aborto legal: nuevo intento

Buscan que ingrese nuevamente un proyecto de ley a Diputados que propone la despenalización de esta práctica y su ejecución sin autorización de un juez. Se hizo en el marco de una movilización de al menos 260 organizaciones. Actualmente 50 países permiten la interrupción del embarazo sin restricciones. TEXTO COMPLETO

 
El proyecto de ley que busca la despenalización del aborto pretende entrar nuevamente en el debate del Congreso. Más de 260 organizaciones de todo el país se movilizaron este miércoles en el marco de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, con el fin de ingresar una iniciativa en la Cámara de Diputados que modifique el Código Penal.

La titular del INADI, María José Lubertino informó que “el proyecto ya se presentó hace un año, pero no se lo pudo tratar porque se cayó la convocatoria parlamentaria”. Según explicó, la idea de la propuesta es aplicarlo a nivel provincial en dos niveles “en el caso de los abortos no punibles y en la asistencia post-aborto”.

“Este proyecto de ley es imprescindible, implica un cambio democrático”, sostuvo Lubertino, remarcando especialmente cuán necesario resulta “La idea de la no discriminación a las mujeres que durante las primeras semanas deciden interrumpir el embarazo”.

La iniciativa propone derogar el artículo 86 del Código penal que establece que será penado el personal que produjera un aborto excepto “Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios (inciso 1º) o Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente (inciso 2º).

Lo mismo pretende con el artículo 88 que condena con la prisión a la “mujer que aborte” y el inciso 2 del artículo 85 que pena a “quien causare un aborto”.

El proyecto de ley que lleva la firma de 15 diputados de los diferentes bloques partidarios propone que “Toda mujer tenga derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional”

La iniciativa pretende que la mujer cuente además con “el derecho al acceso los servicios del sistema de salud” en caso de que quisiera practicarse un aborto y los servicios de “seguridad social de salud y de los sistemas privados” deberían incorporar esta actividad “a sus coberturas en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones”.

También preve para aquellos casos que excedan las 12 semanas de gestación una autorización si: “a) Si el embarazo fuera producto de una violación, acreditada con denuncia judicial o policial o formulada en un servicio de salud b) Si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer o c) Si existieran malformaciones fetales graves.

Por otro lado, la iniciativa busca que no sea necesaria la autorización judicial y que aquellos profesionales que se nieguen a efectivizar el aborto se lo hagan saber a las autoridades de la institución para la cual trabajan en el plazo de treinta días corridos desde el día de promulgación de la ley.

Luego el proyecto contempla que los casos de abortos en niñas menores a los 14 años, deban ser autorizados “al menos uno de sus representantes legales, o en su ausencia o inexistencia de su guardador de hecho”. Un proceso legal similar se llevaría a cabo con las mujeres declaradas incapaces en juicio que deseen interrumpir su embarazo.

“La niña deberá ser oída y frente a cualquier otro interés se considerará primordial la satisfacción del interés superior de la niña en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, explica el texto del proyecto.

Los autores del proyecto sostienen que “la penalización del aborto no incide sobre la decisión de abortar” ya que “si una mujer, por la razón que sea, decide interrumpir su embarazo, lo hace, sin que la penalización sea una traba para ello”.

El texto cita el informe de Human Rights Watch, presentado al gobierno argentino en el año 2005, que aconseja “urgentemente un reforma que garantice el acceso de las mujeres al aborto legal y seguro" para que el país cumpla con su obligaciones internacionales de derechos humanos.

Uno de los fundamentos de la iniciativa sostiene que la ley penal del aborto no “evita que las mujeres mueran por recurrir a una intervención clandestina” porque existe un mayor sufrimiento humano al facilitar la existencia de un mercado clandestino que ofrecen la interrupción del embarazo en formas inseguras.

Eso lleva a una discriminación a las mujeres con menores recursos. “Los casos de abortos inducidos que requieren hospitalización, corresponden en un 75% a mujeres de los estratos sociales más carenciados y desprotegidos, con escaso caudal de educación e información, con o sin pareja estable”, explican los autores de la iniciativa. Por esta causa mueren entre 300 y 400 mujeres en edad fértil por año en nuestro país.

El proyecto cita una estimación contundente del Ministerio de Salud: el 37% de los embarazos que se registran en el país terminan en aborto y de ellos, cerca del 15% corresponde a adolescentes menores de 20 años. Las muertes ocasionadas por la práctica abortiva aumentó entre los años 1995 y 2000 en un 46 por ciento, lo que “da cuenta de la alta incidencia del aborto inseguro”.

A nivel mundial, en países como Francia, Italia y Cuba, la legalización del aborto produjo una disminución del 40 por ciento en la tasa de mortalidad materna sin incremento del número total de abortos. Debe remarcarse que esta decisión política se acompañó de programas de salud sexual y procreación responsable.

Existen 50 países, tal como cuenta el proyecto, que permiten la interrupción del embarazo sin restricciones causales, entre ellos China, Francia, Federación Rusa, Sudáfrica y EEUU entre otros. Otros 14 que lo permiten de acuerdo con amplios criterios sociales y económicos, como Barbados, Gran Bretaña, India y Zambia. Argentina se encuentra entre los 53 países donde sólo es permitido en casos de amenaza de muerte.



dju / dju
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