Los artículos cuestionados son el Nº 54 que establece hasta 10 días de arresto “al que se encontrare con vestimentas contrarias a la decencia pública”, en tanto que el artículo 58 fija de entre 5 a 30 días “a la mujer que ejerciendo la prostitución se ofrezca o incite públicamente de forma escandalosa”. En tanto que el artículo 59 fija penas para “el homosexual o vicioso sexual que frecuentare intencionalmente a menores de edad”.
Al defender la derogación de los artículos, la Defensora Adjunta Graciela Bordieu sostuvo que el Código “es un decreto redactado en 1962 que pertenece a la dictadura militar”, y que el mismo “no contempla los tratados internacionales sobre derechos humanos a los que adhirió el Estado nacional”
Así lo sostuvo en una reunión con la Comisión que comenzó a analizar el proyecto, y de la cual participaron los diputados José Russo, Carlos González, Omar Lorenzo, Carlos Pacheco, Silvia de Otaño, Marcelo Inaudi, Yenny Fonfach, Miguel Ángel Guidali y Soledad Martínez.
“En nuestro sistema provincial han quedado normas que conculcan con el sistema nacional, y el sistema internacional de protección de nuestros derechos fundamentales”, según fundamentaron los autores del proyecto, entre ellos el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), con el aval del diputado local Luis Sagasetay la Defensora Adjunta Bordieu.
Para los autores, esos cinco artículos atentan contra la Declaración Universal de los Derechos Humanos que establece que “todos los hombres nacen libres e iguales en su dignidad y derechos…”.
“Sabido es, que el quebrantamiento de este principio ha llevado a las prácticas más aberrantes, al genocidio y a los crímenes de lesa humanidad”, señalaron entre los fundamentos de la iniciativa.
Además de leyes nacionales y tratados internacionales, los promotores invocaron la declaración de 2007, de las Altas Autoridades en Derechos Humanos del MERCOSUR, donde “promueven por primera vez una declaración para condenar la discriminación de las minorías sexuales y de género y expresa la urgente necesidad de trabajar para erradicar la discriminación”.
“Las normas del Código de Faltas que se pretenden derogar, establecen reglas que no son más que herramientas discrecionales para llegar a justificar, detenciones arbitrarias, cobro de coimas, etc”, señalaron.
Por último, advirtieron que “la obligación de respetar implica que los Estados se abstengan de interferir directa o indirectamente en el goce de los derechos humanos”. Por ello, recordaron que los estados deben adoptar “medidas legislativas, presupuestarias, judiciales y otras necesarias” para garantizar esos derechos.