Sólo en el 0,4 % de los países de la población mundial, hay una prohibición total sobre el aborto. En el 24,9 %, está permitido para salvar la vida de la mujer, y aproximadamente en el 9,8 %, es lícito cuando se quiera proteger la salud física de la embarazada.
En Argentina, el aborto es un delito contra las personas consagrado en los artículos 85 a 88 del Código Penal. Se penaliza tanto al tercero que lo provoca como a la mujer que se lo induce a sí misma, o que se deja asistir.
Nuestra legislación, prevé la licitud del aborto terapéutico siempre y cuando el peligro de la vida de la mujer no pueda ser evitado de ninguna otra forma, y en los casos de embarazos como consecuencia de una violación a una mujer “demente o idiota”.
Sin embargo, hay que destacar, que el proceso de obtener un aborto "legal" es muy dificultoso en este país, lo que no impide que se practiquen en condiciones de clandestinidad alrededor de medio millón de abortos por año.
A partir de esta situación, surgieron nuevas iniciativas, como en La Pampa, Córdoba y Chaco, que buscaban garantizar el aborto no punible.
Hace un año, la diputada Nacional Marta Susana De Brasi, presentó un proyecto de ley, cuya finalidad era derogar los artículos 85, 86 y 88 del Código Penal.
Según la legisladora, muere más de una mujer pobre por día debido a la clandestinidad, precariedad y pésimas condiciones sanitarias en que se realizan estas intervenciones.
También señalaba que el 62% de la población mundial, vive en países donde el aborto inducido está permitido, ya sea por una amplia variedad de razones o sin ningún tipo de restricción. Por el contrario, el 25% vive en países donde el aborto está prohibido en términos generales.
El cuerpo normativo de varios países entre los que se encuentran Gran Bretaña, Alemania, Italia, España, Japón, Israel, Sudáfrica, la India, Barbados y Bélice, tienen una actitud comprensiva hacia el aborto.
En los casos donde está permitido, es necesario además de la petición de la embarazada, que se dé alguna de las causales enumeradas taxativamente, como que se quiera proteger la vida y la salud de la mujer, supuestos de la violación o de incesto, razones eugenésicas o factores sociales y económicos.
En el caso particular de España, el aborto fue despenalizado en 1985 con la ley orgánica Nº9, pero sólo en los primeros tres meses de embarazo en casos de violación, y en las 22 primeras semanas, siempre que haya peligro de que el feto sufra una deformación física.
Asimismo, es permitida en cualquier momento del embarazo siempre que corra peligro la salud física o mental de la madre. Para que se brinde la autorización, es necesario presentar un certificado médico.
La polémica sobre esta temática, volvió a suscitarse en España, tras el paro de unas 50 clínicas que efectúan más del 90% de los abortos practicados en ese país. Se acusa a algunas de estos centros hospitalarios, de practicar abortos mediante certificados médicos falsos.
Las clínicas afectadas, alegaron acoso por parte de las autoridades sanitarias, luego de que se hayan allanado dos centros en Barcelona y en Madrid, en los que fueron detenidas más de 11 personas, acusadas de realizar abortos ilegales, asociación ilícita y falsedad de documentos.
Se calcula que la huelga afectó a unas 2.000 pacientes y que más de 100.000 abortos fueron practicados en ese país en el trascurso del último año.