La iniciativa busca que quienes produzcan los delitos no lo hagan en los establecimientos y “que quien delinque sea castigado realmente, ya que su delito acarrea un grave y algunas veces irreparable daño”. Ello porque “se trata de atentados contra la educación, y así, contra la sociedad toda que se esfuerza por dotar a sus miembros de los conocimientos necesarios para desempeñarse en ella y ganarse la vida dignamente”.
En cuanto a los delitos contra la propiedad, el cambio propuesto al artículo 167 implica incorporar el inciso 5º en la norma que aplicaría una reclusión de tres a diez años, también a quién “cometiere el robo en establecimientos educativos, de todos los niveles educacionales, públicos o privados”.
Además, se asimilaría el delito cometido en los establecimientos educativos a aquellos realizados en archivos, registros, bibliotecas, museos, puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público, tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos.
En tal sentido se incorporaría en el artículo 184 a los establecimientos educativos, por lo que la condena de tres meses a cuatro años de prisión que prevé ese artículo también se aplicaría en los casos de daño y robo a las entidades educacionales.
Con la actual normativa, ante los delitos que se plantean en el proyecto, las penas varían de quince días a un año de prisión por daños en general, categoría que incluye a los establecimientos educativos.
La iniciativa impulsada por la diputada Ivana Bianchi fue remitida a las comisiones de Legislación Penal y Educación de la Cámara de Diputados. Aunque por el momento no figura en la agenda de esas comisiones para su tratamiento inmediato.
Debe remarcarse que la modificación apuntaría a proteger a las 44.850 unidades educativas que registra el Ministerio de Educación, sin incluir en los datos a los establecimiento universitarios. De ellos, un 77,1% pertenecen al Estado, mientras que un 22,9% son de origen privado.